El Gobierno renovó el cupo para importar autos eléctricos en 2026
Autos eléctricos: el Gobierno amplió el cupo de importaciones con beneficios
porAgustín Ares
economia
La medida permite importar hasta 50 mil autos eléctricos e híbridos sin pagar el 35% del arancel.
El Gobierno nacional oficializó la renovación del cupo para importar autos eléctricos e híbridos con beneficios arancelarios. La medida, publicada en el Boletín Oficial, busca impulsar el crecimiento del parque automotor en el país.
El plan estará vigente durante 2026 y permitirá el ingreso de hasta 50 mil unidades anuales sin pagar el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.). Normalmente, impone un 35% de arancel a los vehículos que provienen de países sin acuerdos comerciales con la Argentina.
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Quiénes pueden acceder al beneficio
El decreto aclara que no todos los modelos podrán ingresar con este beneficio. Solo se aplicará para vehículos cuyo valor FOB no supere los 16 mil dólares y que tengan un peso mayor a 400 kilos sin batería. Esto deja afuera a modelos ultralivianos como el Coradir Tito, el Citroën Ami o el Mobilize Duo.
Entre los autos que sí podrían ingresar bajo este régimen se encuentran el Renault Kwid E-Tech y el Baic EU5, entre otros. Tanto automotrices como particulares podrán acceder al beneficio siempre que cumplan con los requisitos técnicos y administrativos establecidos.
Cómo se repartirán los 50 mil cupos
El total de vehículos autorizados se dividirá en dos grandes grupos:
25.000 unidades para empresas terminales radicadas con producción en Argentina.
25.000 unidades para personas físicas o jurídicas sin plantas locales.
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Los interesados deberán completar el formulario de solicitud en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Ministerio de Economía, dentro de la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial. Allí se deberá incluir información clave como el precio del vehículo, marca, modelo, tipo de tecnología y mes estimado de nacionalización.
Documentación obligatoria
Para las empresas, será necesario adjuntar:
El estatuto vigente de la sociedad.
El acta de designación de autoridades o poder que acredite la representación legal.
Una declaración jurada que confirme que el vehículo cumplirá con las normas de seguridad y emisiones establecidas por la Ley 24.449.
Las empresas que ya hayan presentado esta documentación anteriormente podrán reemplazarla por una declaración jurada si la información se mantiene vigente.