Entre la lista de bienes que se pueden blanquear se destacan los siguientes:
- Moneda nacional o extranjera
- Inmuebles
- Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares o cuotapartes de fondos comunes de inversión, siempre que el sujeto emisor sea considerado un sujeto residente en Argentina, y no coticen en mercados regulados por CNV
- Títulos valores (incluyendo acciones, bonos, ON, certificados de depósito en custodia, fondos y otros similares) que coticen en bolsas o mercados regulados por CNV
- Créditos de cualquier tipo o naturaleza, cuando el deudor sea un residente fiscal argentino.
- Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en los puntos anteriores
- Criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares (siempre que a la fecha estén en custodia o administración de una PSAV registrada en CNV) (*)
- Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico
El plazo para poder adherir al blanqueo es hasta el 30 de abril de 2025, aunque el ejecutivo tiene la potestad de extender el plazo hasta el 31 de julio de 2025. No obstante, es clave destacar que habrá diferentes etapas que tendrán distintas condiciones.
Según declaró la consultora 1816, se estima que el Gobierno tenga ingresos gracias a este régimen de regularización en torno a los 2.000 millones de dólares, los cuales fortalecerán el superávit fiscal que Javier Milei plantea como innegociable.