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Argentina

Uno por uno, la lista de los 167 impuestos que estrangulan la economía de Argentina

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El sistema tributario argentino es uno de los más complejos en el mundo, y genera una enorme distorsión que penaliza el crecimiento económico. Solamente 8 impuestos concentran hasta el 80% de la recaudación total.

El Gobierno piensa en introducir un nuevo impuesto "a la renta inesperada" que deberán pagar principalmente las empresas argentinas. A la fecha, sistema tributario argentino aplica en total 167 impuestos distribuidos en los distintos niveles del sector público (Nación, Provincias y Municipios), según la estructura observada a principios de 2022.

En esta lista se incluyen impuestos nacionales y provinciales, derechos y tasas establecidos a nivel municipal, y las contribuciones patronales de carácter obligatorio para el sistema de reparto estatal.

La recaudación fiscal se situó en el 28,8% del PBI en 2021, y llegó a representar el 29,4% del PBI en 2020 según las estimaciones del Ministerio de Economía. Así, el nivel de recaudación fiscal se encuentra en niveles históricamente elevados, solo por detrás de los récords alcanzados entre 2012 y 2015.

A los argentinos se les cobra muchos impuestos, y de valores excesivamente elevados, claramente, no hay espacio para un impuesto nuevo, de ninguna índole. Casi un tercio de la economía argentina produce para bancar una estructura estatal que no hace nada para beneficiar al país.

Además, este elevado nivel impositivo se caracteriza por ser extremadamente ineficiente. Mientras que la carga fiscal argentina (alícuotas y cantidad de impuestos) es de las más altas del mundo, la recaudación es inferior al promedio de los países miembros de la OCDE.

La gran mayoría de los impuestos no generan recaudación y lo único que provocan es que un segmento de la población se pase al sector informal.

Las distorsiones generadas por el sistema y la excesiva carga fiscal hacen que Argentina se encuentre en el tramo negativo de la famosa “Curva de Laffer”, que rige a los impuestos. Esto quiere decir que cada vez que se agrega un impuesto, más argentinos buscan salirse del sistema que aquellos que se quedan a pagarlo, haciendo que de hecho el Estado termine recaudando menos.

Solamente 8 impuestos concentran el 82% de la recaudación total, y se estima que los 12 impuestos más importantes del país representan hasta el 91% de la recaudación tributaria argentina.

Uno por uno, todos los impuestos que soporta Argentina

Impuestos nacionales generales

1. Impuesto a las ganancias sobre personas humanas y sucesiones indivisas: afecta los ingresos anuales declarados por una persona y es de carácter progresivo. Es el impuesto más común en el mundo.

2. Impuesto a las ganancias sobre sociedades: grava las ganancias empresariales antes de que se distribuyan dividendos.

3. Impuesto al Valor Agregado (IVA): es el impuesto al consumo por excelencia. Es uno de los más eficientes dentro del sistema tributario de cualquier país.

4. Gravamen de emergencia sobre premios de determinados juegos de sorteos y concursos deportivos: se abona sobre ganancias en sorteos, premios o rifas.

5. Impuesto sobre los Bienes Personales: impuesto al patrimonio abonado sobre los activos declarados cada año, con una alícuota progresiva y sobre un determinado valor fiscal.

6. Régimen para los trabajadores en relación de dependencia (aportes): aportes patronales que el empleador retiene del sueldo bruto del trabajador, destinado a su jubilación.

7. Régimen para los trabajadores en relación de dependencia (contribución): impuesto que debe ser abonado por el empleador en función del sueldo bruto del trabajador.  

8. Régimen de trabajadores Autónomos: aportes para la jubilación por parte de trabajadores por cuenta propia, con alícuotas especiales y más bajas.

9. Régimen para el personal de casas particulares: impuesto en concepto de aportes y contribuciones a la seguridad social para trabajadores domésticos.

10. Contribución especial sobre el Capital de las Cooperativas: impuesto especial que recae sobre cooperativas vinculadas al otorgamiento de crédito, seguros, o actividades financieras.

11. Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas: impuesto que se cobra sobre la base del valor del inmueble en cuestión, cuando se transfiere de una persona a otra.

12. Impuesto sobre los Créditos y Débitos: se cobra una alícuota sobre operaciones de créditos y débitos sobre cuentas corrientes. Se conoce como el “impuesto al cheque”.

Impuestos internos

13. Derechos de Importación

14. Derechos de exportación

15. Monotributo: impuesto simplificado para pequeños contribuyentes.

16. Impuesto al Tabaco: busca desalentar el consumo.

17. Impuesto Adicional de Emergencia sobre cigarrillos

18. Fondo Especial del Tabaco: destinado para la recaudación del fondo específicamente asignado.

19. Impuestos a Bebidas alcohólicas

20. Cervezas

21. Impuesto Adicional a Bebidas alcohólicas

22. Impuestos a Jarabes

23. Impuestos a Extractos y concentrados

24. Impuestos a Champañas

25. Impuestos a Objetos suntuarios (bienes de lujo)

26. Impuestos a Vehículos automóviles y motores

27. Impuestos Embarcaciones y aeronaves de recreo o deportes

28. Impuestos a Productos electrónicos

29. Impuestos a los Seguros

30. Impuestos a la Telefonía satelital

31. Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono: se tributa sobre el precio de gasolina, kerosene, solvente, aguarrás, gasoil, y diésel.

32. Recargo al Gas Natural

33. Impuesto a la Energía Eléctrica

34. Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos: destinado a la financiación de fondos para el cine, como el INCAA.

35. Impuesto a los Videogramas Grabados

36. Impuesto a los Servicios de Comunicación Audiovisual: también destinado a la financiación de fondos para el cine, como el INCAA.

37. Impuesto Específico sobre la Realización de Apuestas: tributan todo tipo de apuestas, sin importar la modalidad en que se realice.

38. Impuesto Indirecto sobre apuestas online: recargo adicional para apuestas por internet.

39. Impuesto a los Pasajes al exterior

40. Impuesto PAIS: grava servicios digitales y la compra de cualquier moneda extranjera.

41. Percepción adicional del Impuesto a las Ganancias: recargo adicional en concepto de percepción de la alícuota máxima del impuesto a las ganancias, sobre la compra de moneda extranjera y los consumos con tarjeta de crédito en el exterior.

42. Aporte Solidario a las Grandes Fortunas: conocido como “impuesto a la riqueza”, supone un recargo sobre la misma base que Bienes Personales.

Impuestos Provinciales

43. Impuesto Inmobiliario: alícuota sobre el valor fiscal de los inmuebles alcanzados.

44. Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB): impuesto multifásico y acumulativo, que grava todos los ingresos en las distintas cadenas productivas. Es uno de los más distorsivos del sistema.

45. Impuesto a los sellos: se aplica sobre el importe de contratos.

46. Impuesto a los automotores: se aplica de forma anual y sobre el valor fiscal del vehículo.

47. Impuesto a las Loterías, Rifas, Concursos, Sorteos y Otros Juegos de Azar

48. Impuesto a la transmisión gratuita de bienes

49. Impuesto a la generación de residuos sólidos

50. Impuesto a la generación de residuos áridos

51. Impuesto por el uso y la ocupación de la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo de la vía pública

52. Canon de riego: grava todas las concesiones de utilización de agua destinada al riego.

53. Recargo a los combustibles derivados del petróleo

54. Derechos de Cementerios: grava los arrendamientos de cemento.

55. Derecho de Timbre: se aplica sobre trámites vinculados a la confección de planos de obra.

56. Impuesto al ejercicio de profesiones liberales: se paga sobre los honorarios de profesiones liberales, exceptuando la docencia.

57. Impuesto a la transferencia de mejoras y derecho en tierra fiscal: se vuelve a pagar por la transferencia de derechos.

58. Derecho de delineación y construcción: se paga por el otorgamiento de un permiso especial para pode construir.

59. Impuesto sobre la nómina salarial: se aplica para los salarios y lo pagan los empleadores en cada provincia.

60. Derecho de capacidad constructiva: se paga por la transferencia entre privados de capacidades construibles.

70. Gravámenes sobre estructuras, soportes o portantes de antenas

71. Contribución por publicidad

72. Impuesto al uso de agua de dominio público

73. Impuesto a los productos forestales

74. Impuesto sobre compañías de electricidad

75. Impuesto por extracción de minerales: grava por la sola extracción de minerales, aún antes de comercializar.

76. Derecho de explotación de minerales: grava la comercialización de minerales.

77. Derechos de Explotación de Áridos

78. Impuesto por depósito de mercaderías en infracción

79. Tasa por limpieza de ferias

80. Impuesto a la pesca

81. Impuesto para el fondo de Solvencia Social

82. Impuesto para el Fondo de emergencia agropecuaria

83. Impuesto para el Fondo de Financiamiento de Servicios Sociales

84. Impuesto para el Fondo Social de Reactivación Productiva

85. Impuesto para el Fondo de Financiamiento para el Sistema Previsional

86. Tasas retributivas de servicios (judiciales): se paga por los servicios prestados por la justicia provincial.

87. Tasas retributivas de servicios (servicios Administrativos): se paga por los servicios prestados por la administración provincial.

88. Tasas retributivas de servicios (cualquier otra no judicial ni administrativa)

89. Contribución por “mejoras”: se paga por obras para inundaciones o mejoras de la infraestructura estatal.

90. Impuesto sobre las actividades de hipódromos, similares y agencias de apuestas: se paga por apuestas específicamente efectuadas en hipódromos.

Impuestos de nivel municipal

91. Tasa por Servicios Generales: se paga por servicios de seguridad, alumbrado público y recolección de residuos domiciliarios.

92. Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene: tasa por la recolección de residuos y limpieza de gran magnitud.

93. Tasa por Habilitación de Comercio e Industria

94. Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene

95. Derechos por Publicidad y Propaganda: impuesto por anuncios publicitarios con fines comerciales.

96. Impuesto Automotor:  se paga por la sola posesión de vehículos.

97. Derecho de Oficina

98. Derecho de Construcción: otro impuesto que se paga por los servicios de habilitación e inspección de planos para poder construir.

99. Derecho de Ocupación o Uso de Espacios Públicos

100. Derecho de Ocupación o Uso de Espacios Privados Municipales

101. Derecho a los Espectáculos Públicos

102. Patentes de Rodados: impuesto sobre vehículos que utilizan la vía pública pero no se encuentran alcanzados por el impuesto automotor.

103. Tasa por control de Marca y Señales

104. Derecho de Cementerio: otra tasa más en concepto de servicio de cementerio del municipio.

105. Tasa por inspección de Pesas y Medidas

106. Tasa por Servicios Varios

107. Contribución especial por Pavimentos y Veredas

108. Tasa por Conservación de la Red Vial Municipal

109. Tasa por Control de Calidad de Obra en la vía pública

110. Derechos de registro por emplazamiento de estructuras, soporte de antenas, equipos complementarios y de publicidad y propaganda, telecomunicaciones: tasa por el servicio de control del cumplimiento de los requisitos para realizar todas estas actividades.

111. Derechos de verificación por emplazamiento de estructuras, soporte de antenas, equipos complementarios y de publicidad y propaganda, telecomunicaciones

112. Contribuciones especial por Acciones de Seguridad

113. Tasa por servicios de limpieza y desmalezamientos de baldíos, inmuebles destruidos o semidestruidos y casas abandonadas

114. Tasa por residuos sólidos urbanos y residuos peligrosos

115. Impuesto al mayor valor del bien libre de mejoras

116. Derechos por venta ambulante

117. Derechos de registro de conductor

118. Transporte público, remoción y estadía en general

119. Derecho de uso de instalaciones municipales

120. Derecho de la estación de la terminal de ómnibus

121. Tasas y derechos prestados por la dirección hidráulica

122. Derechos de laboratorio de suelo, hormigón y asfalto

123. Derechos de explotación de minas de tercera categoría

124. Contribución que incide sobre el uso de playas y riberas

125. Contribución por servicios culturales

126. Contribución para servicios de justicia

127. Tasa por uso del vertedero municipal

128. Contribución de servicios prestados en el matadero municipal

129. Derecho por habilitación e inspección de vehículos

130. Tasa única aeroportuaria Municipal

131. Contribución transporte público de pasajeros

132. Tasa por los servicios adicionales de la policía de tránsito

133. Derecho especial de funcionamiento de remises, taxis y transportes escolares

134. Tasa para el Fondo municipal de promoción y asistencia a la comunidad y turismo

135. Tasa de salud

136. Tasa por Alumbrado Público

137. Tributo por Plusvalía Urbanística

138. Contribución por los servicios adicionales municipales

139. Contribución que incide sobre los servicios de protección sanitaria

140. Derechos por control bromatológico y salubridad (Alimentos)

141. Tasa por servicio de inspección veterinaria

142. Tasa por búsqueda y rescate

143. Contribución que incide sobre los mercados

144. Contribución que incide sobre la instalación mecánica y sobre la instalación y suministro de energía eléctrica

145. Contribución especial sobre los consumos de gas natural

146. Contribución para la financiación del desarrollo de la infraestructura sanitaria y cloacal

147. Contribución ambiental por generación, transporte de restos de obras y demoliciones

148. Contribución que incide sobre evaluación y fiscalización impacto medioambiental/ riesgo ambiental

149. Contribución para financiación del desarrollo local y regional de obra de gas natural y otras de interés

150. Contribución para obras públicas

151. Impuesto inmobiliario: impuesto en concepto de posesión de inmuebles.

152. Tasa por juegos de azar, juegos permitidos o rifas: impuesto sobre la recaudación obtenida de la explotación de juegos de azar.

153. Derecho de registro inmobiliario y catastro

154. Tasa de deportes: fondo para el desarrollo de programas de deporte.

155. Derechos de uso y servicios planta procesadora productos de mar

156. Contribuciones sobre la introducción de mercaderías a los mercados

157. Tasa de verificación

158. Tasa sobre el financiamiento otorgado por la Caja de Crédito Municipal a personas humanas o jurídicas

159. Tasa de visación de planos y mensuras, relevamiento

160. Tasa por vacunación antirrábica

161. Tasa por cobranzas y retenciones

162. Tasa por servicios de máquinas, equipos y otros de prestación municipal

163. Tasa por desagote de pozos ciegos y cámaras sépticas

164. Tasa por desinfección, desinsectación y desratización

165. Tasa por control de animales en la vía pública

166. Venta de impresos y publicaciones municipales

167. Tasa por seguridad Vial y Señalética: tributo por el servicio municipal de indicaciones viales.

También existen dos tasas municipales "transitorias":

Fondo de emergencia por Covid-19

Tasa especial y extraordinaria por Covid-19

Argentina

Empieza la recuperación: En lo que va de 2024, los salarios le ganaron a la inflación y crecen en términos reales mes a mes

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Durante los primeros cinco meses del año, los sueldos acumularon un incremento del 73,6%, mientras que la inflación fue del 71,9%. Esto se traduce en un aumento del 1,7% en términos reales.

En un contexto económico marcado por una gran caída de la inflación, los salarios en Argentina han mostrado una notable capacidad de recuperación en los primeros cinco meses del año.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), los sueldos acumularon un aumento del 73,6%, superando el incremento de precios del 71,9% en el mismo período. Esta tendencia se acentuó en mayo, donde los salarios registraron un salto del 8,3%, casi el doble del 4,2% de la inflación mensual.

El informe del INDEC revela que la variación de los salarios en el período enero-mayo fue en promedio del 73,6%, con algunas diferencias según el sector de empleo:

En el sector privado registrado, los sueldos aumentaron un 81,5%, superando ampliamente a la inflación mientras que, en el sector público, los incrementos fueron del 66,7%, ligeramente por debajo del índice general de precios. El más golpeado fue el sector privado no registrado, en donde los salarios subieron un 55,5%, lo que implica una pérdida frente a la inflación.

Este desglose evidencia que, aunque en promedio los salarios han superado la inflación, la realidad es dispar dependiendo del tipo de empleo. Debido al desastre económico del gobierno kirchnerista de Alberto Fernández, que dejó el país al borde de una hiperinflación, los empleados públicos y los trabajadores no registrados enfrentaron las mayores dificultades para mantener su poder adquisitivo.

El gran trabajo del Gobierno de Milei en evitar la peor crisis de la historia argentina, y en reducir notablemente la inflación, generó datos alentadores durante los primeros cinco meses del año. No obstante, la herencia del régimen kirchnerista representa un panorama diferente en términos interanuales. Durante este período, los precios aumentaron un 276,4%, mientras que los salarios solo crecieron un 216%.

El mes de mayo, que tuvo una inflación del 4,2%, presenta un caso distinto. La mayor alza salarial se registró en el sector privado no registrado, con un 11,8%, seguido por los empleados públicos con un 8,3% y, finalmente, los privados registrados con un 7,7%.

La consultora ACM ha analizado estas cifras y concluye que, aunque los salarios han mostrado una recuperación frente a la inflación en los últimos meses, prever una mejora sostenida es "complicado". "Factores como las tarifas y ajustes de precios relativos continuarán presionando sobre la inflación, lo que dificultará una recuperación sustancial de los ingresos en el corto plazo", explicaron.

El incremento de los salarios por encima de la inflación en los primeros meses del año es una señal positiva en un contexto económico desafiante. Sin embargo, la recuperación es desigual entre los distintos sectores de empleo, y la alta inflación interanual heredada del kirchnerismo sigue afectando la capacidad de compra de los argentinos.

El aumento de los salarios por encima de la inflación en los primeros meses del año es un logro significativo de la administración de Javier Milei, que ha implementado medidas efectivas para contrarrestar los efectos de la inflación. Este avance muestra un compromiso con la mejora del bienestar de los trabajadores y una gestión económica que busca generar un crecimiento salarial y una estabilidad de los precios.


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Argentina

Argentina se convierte en el primer país de América Latina en registrar una sociedad con capital integrado por criptomonedas

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Los criptoactivos fueron transferidos directamente entre billeteras digitales de la compañía y uno de sus socios para constituir una parte del capital social.

El equipo de Allende & Brea logró registrar una sociedad con una parte de su capital integrado en criptomonedas (BTC y USDC), marcando un hito como el primer caso de este tipo en Argentina y en América Latina.

En detalle, uno de los socios aportó 0.00457621 bitcoins (BTC) y 195 USDC (una stablecoin) para constituir el capital inicial. Las monedas digitales fueron transferidas desde la billetera virtual personal del socio (Lemon Cash) a la billetera de la empresa (Ripio), registrada como "sociedad en formación".

Pablo Palazzi, socio de Allende & Brea, explicó que en el caso de los bienes en especie, como terrenos o inmuebles, se requiere una valoración contable antes de su transferencia a la sociedad. Sin embargo, para las criptomonedas, el proceso fue diferente: se abrieron dos billeteras digitales, una personal en Lemon y otra para la sociedad en Ripio, y se realizó la transferencia del capital a través de estas.

La valuación de criptoactivos se publica en tiempo real, a diferencia de las acciones, que tienen horarios de mercado. En este proceso, contactamos a ambas plataformas y obtuvimos una especie de ‘certificados de valuación’ de las criptomonedas en el momento del aporte. Es crucial que estos activos sean embargables, conforme a los requisitos de la Ley General de Sociedades (LGS)”, destacó el especialista.

Para garantizar la transparencia y cumplir con los requisitos legales, el experto indicó que se contó con la colaboración de un contador y un notario. “El contador certificó el valor de las criptomonedas en el momento de la transferencia, basándose en los datos de la página de Ripio, mientras que el notario verificó la existencia de la cuenta y la transferencia en sí”, explicó el especialista en derecho y tecnología a Diario Judicial.

El acta elaborada por el escribano indica: “…fijan el capital de la Sociedad en la suma de quinientos cincuenta mil pesos ($550.000) representado por cincuenta y cinco mil (55.000) cuotas de diez pesos ($10) pesos a valor nominal y un (1) voto cada una, de las cuales son totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: …. suscribe un total de cuarenta y nueve mil cien (49.100) cuotas de diez ($10) pesos valor nominal cada una, y …. suscribe un total de cinco mil novecientos (5.900) cuotas de diez pesos ($10) valor nominal cada una, integrando en el acto ambos socios el total capital social, en proporción a sus respectivas suscripciones. Que en virtud de la integración del socio …. consiste, en parte, en el aporte en especie de criptomonedas según el siguiente detalle: la suma de 0.00457621 bitcoins (BTC) y la suma de 195 USD coins”.

Al momento de la redacción de este articulo, el bitcoin cotizaba a USD 66.106, por lo que el aporte en esa criptomoneda equivale a USD 302,5. Por otro lado, el USDC, una stablecoin que sigue el valor del dólar, cotiza a $0,999976, por lo que los 195 USDC equivalen a USD 194,99. En total, el socio aportó USD 497,49 en monedas digitales, lo que se traduce en aproximadamente $470.625, considerando la cotización "oficial" del dólar.

“Es muy positivo para Argentina contar con una Inspección General de Justicia que tiene asesores, autoridades y un Inspector como el Dr. Daniel Roque Vitolo, quienes están a la altura de los desarrollos tecnológicos actuales y facilitan su uso mediante normativas innovadoras, pioneras en América Latina y el mundo”, expresó Pablo Palazzi en redes sociales.

Delfina Hermansson, Legal Manager en Lemon, comentó que la inclusión de criptoactivos como forma de integrar aportes de capital en la normativa de la IGJ representa una actualización significativa del derecho societario argentino.

Esta medida no solo impulsa el desarrollo del ecosistema cripto al introducir un nuevo sistema de adopción, sino que también promueve un ambiente seguro y confiable para la inversión y operación con activos digitales”, opinó.

Al enterarse de esta noticia, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, expresó su felicidad en una población en X. "Argentina se convierte en el primer país de América Latina en registrar una sociedad con capital integrado por criptomonedas. Felicitaciones a Lawbooks S.R.L. por este hito.", comentó.

"Avances como éste serían imposibles sin el trabajo de desregulación que estamos llevando a cabo desde el Ministerio de Justicia en conjunto con la Inspección General de Justicia. Vamos por más, mucho más.", concluyó el ministro.


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Argentina

Se pidió el desalojo forzoso del grupo mapuche Lof Paillako: "La única bandera que va a flamear allí es la Argentina"

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El terreno ubicado en Los Alerces, que fue usurpado en 2020 por una comunidad indígena, deberá ser desalojado a la fuerza. Ante la negativa del grupo mapuche de desocupar el predio, Parques Nacionales ha recurrido a la Justicia Federal para pedir que los echen.

Vencido el plazo de 30 días concedido por Parques Nacionales a la "Lof Paillako" para que desocupe la seccional de guardaparques El Maitenal, en el Parque Nacional Los Alerces, el organismo gubernamental ha solicitado a la Justicia Federal la ejecución del desalojo.

A principios de junio, Cristian Larsen, titular de la Administración de Parques Nacionales, firmó el requerimiento para que el grupo mapuche abandonara el edificio público, que había sido ocupado ilegalmente en 2020, dentro de un plazo de 30 días.

El aviso fue ignorado por los mapuches, quienes optaron por permanecer en el lugar y oponerse a cualquier intento de desalojo. No obstante, el organismo nacional ha decidido continuar con el proceso y ha recurrido a la Justicia Federal para que ejecute la orden de desalojo y lleve a cabo el operativo para recuperar el inmueble para el Estado. La solicitud al juez Guido Otranto fue presentada el 11 de julio, pero debido a la feria judicial, aún no ha sido tratada.

El vencimiento del plazo establecido por Parques Nacionales marcó el inicio de la segunda etapa del proceso, con la solicitud elevada al juez Guido Otranto. Sin embargo, al enterarse del emplazamiento, los mapuches respondieron de manera desafiante. La seccional fue ocupada en 2020 por un grupo de encapuchados liderados por Cruz Cárdenas, un ex combatiente de la misma institución estatal que ahora busca recuperar el espacio.

Después de su labor en la lucha contra incendios forestales, Cárdenas enloqueció, dejó la institución y adoptó una postura combativa, amparado en una supuesta "reivindicación territorial", para apoderarse ilegalmente de tierras públicas. En el emplazamiento, Larsen advirtió que si se rechazaba la solicitud, se recurriría a la Justicia Federal para proceder con el desalojo forzoso del espacio público.

Los ocupantes no solo tomaron la estructura oficial de Parques Nacionales, sino que además construyeron viviendas y galpones dentro del mismo terreno.

La expansión de la ocupación mapuche también ha llegado a otra área conocida como la ex Población Salinas, que pertenece a la misma administración nacional y forma parte del terreno que los mapuches deben desocupar en menos de un mes.

El documento redactado por Parques Nacionales está firmado por Danilo Hernández Otaño, Intendente del Parque Nacional. En el escrito se ordena la restitución “a esta administración de Parques Nacionales del área que pertenece al dominio público del Estado Nacional”, ubicada dentro de la reserva y el parque nacional Los Alerces.

Durante la entrega del documento, Otaño visitó el sitio ocupado, que muestra los daños vandálicos que han sido causados por la "Lof Paillako".

En el primer trámite administrativo, Larsen afirmó que “estamos dando un paso firme para recuperar lo que pertenece a todos los argentinos. Sabemos que las soluciones alternativas solo han garantizado la permanencia de los intrusos en el territorio público, por lo que vamos a fondo con la recuperación del lugar”. Añadió que, si los ocupantes desoyen el requerimiento, llevará el caso al Juzgado Federal para continuar con el proceso de recuperación del espacio.

Este caso es parecido a la gran toma de tierras en La Plata, con la diferencia de que el juez ultra kirchnerista, Alejo Ramos Padilla, en complicidad con el gobernador Axel Kicillof, se puso del lado de los delincuentes.

En aquella ocasión, que tuvo lugar en plena pandemia, Ramos Padilla determinó que los ocupantes ilegales de las 163 hectáreas del ex predio nacional del Club Planeadores, en Los Hornos, no habían cometido un delito. El juez kirchnerista archivó el expediente iniciado el 16 de febrero de 2020, argumentando que en la mega toma de Los Hornos "no se cometió delito porque se realizó a la luz del día y sin violencia."

El juez argumentó que los ocupantes no actuaron de manera secreta, sino que lo hicieron a plena luz del día, especificando que la acción ocurrió a las 16:45.

En aquel momento, luego del fallo del Ramos Padilla, alrededor de 50 residentes de La Plata intentaron tomar un nuevo terreno en la ciudad capital de la provincia de Buenos Aires. “Si para ellos es legal, para nosotros también”, argumentaron.

A día de hoy, en la zona ocupada, se puede observar todo un barrio (lógicamente ilegal) armado, que se parece al trazado por una ciudad propiamente dicha. Los delincuentes ya empezaron a construir sus "viviendas", delimitar sus propios terrenos, armaron "plazas", y hasta colocaron algunos "postes de luz".


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