El Tribunal Supremo ha asestado un severo varapalo jurídico al Gobierno socialcomunista encabezado por Pedro Sánchez al acordar el mantenimiento de la suspensión cautelar del derecho a sufragio de los extranjeros nacionalizados mediante la denominada 'ley de nietos' que no hayan acreditado debidamente que sus ascendientes fueron exiliados políticos. Esta trascendental resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo deja sin la posibilidad de emitir su papeleta en los comicios generales del próximo 29 de noviembre (29-N) a una masa potencial de 168.896 ciudadanos incluidos en el Censo de Residentes Ausentes en el Extranjero (CERA), el cual quedó cerrado formalmente el pasado 1 de agosto, a menos que las respectivas oficinas consulares certifiquen de forma individualizada que cumplen de manera estricta los requisitos legales exigidos.
El Alto Tribunal adoptó esta firme decisión por una aplastante mayoría de cinco votos a uno, figurando como ponente el magistrado Antonio Narváez, tras habilitar expresamente el fin de semana para ratificar las medidas cautelares fijadas con anterioridad el 10 de septiembre.
En su fundamentación jurídica, los magistrados determinaron con rotundidad que el ejercicio del sufragio "no es un derecho de carácter absoluto", sino que se encuentra inexorablemente supeditado "a intereses generales" y "de carácter supraindividual, entre los que se encuentra el de preservar la veracidad e inexistencia de irregularidades en el censo electoral, que deben prevalecer sobre el interés particular del ciudadano". A tan solo 48 días de la cita con las urnas, los jueces advirtieron de que el riesgo de adulteración del censo "sigue persistiendo con la misma intensidad", sentenciando además que "la legitimidad de los elegidos puede ser puesta en entredicho si existe la más mínima duda de irregularidad".













