Billeteras virtuales: los nuevos topes que ARCA controla en octubre
Transferencias bancarias: los montos que vigila ARCA en octubre
porAgustín Ares
negocios-finanzas
ARCA actualizó los topes de control en bancos y billeteras virtuales: desde qué monto vigila tus movimientos.
En medio del auge de las billeteras virtuales, la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fijó nuevos topes para el monitoreo de operaciones.
Estos límites comenzaron a regir en junio y seguirán vigentes durante octubre, según la Resolución General 5512/2024. Superarlos puede activar alertas y generar pedidos de documentación respaldatoria.
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
¿Desde qué monto ARCA controla las transferencias?
Los bancos y fintech deben reportar movimientos cuando se exceden los montos oficiales. Los valores actualizados son:
Transferencias y acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos casos.
Saldos bancarios a fin de mes: $50.000.000 para físicas y $30.000.000 para jurídicas.
Plazos fijos: $100.000.000 para físicas y $30.000.000 para jurídicas.
Billeteras virtuales: $50.000.000 para físicas y $30.000.000 para jurídicas.
Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 para físicas y $30.000.000 para jurídicas.
Compras de consumidor final: hasta $10.000.000 sin requerir información adicional.
Pagos: $50.000.000 para físicas y $30.000.000 para jurídicas.
Qué errores conviene evitar
Los especialistas advierten que ciertos movimientos pueden levantar sospechas y complicar la operatoria. Entre ellos:
Ignorar pedidos de información del banco o billetera virtual.
No tener comprobantes del origen de los fondos.
Superar los montos sin justificación clara.
Realizar transferencias fraccionadas para evadir controles.
Los usuarios de billeteras virtuales deberán estar atentos a los nuevos límites de transferencias
La documentación que puede pedir ARCA
Para liberar fondos retenidos, ARCA suele requerir contratos de compraventa, facturas, recibos de sueldo o constancias de inscripción en monotributo. También puede solicitar certificados de origen de fondos firmados por un contador.