El decreto de Trump
La orden ejecutiva de Trump sostiene que el significado original de la frase "sujetas a su jurisdicción", respecto a la ciudadanía por nacimiento, ha sido malinterpretado por las cortes desde la ratificación de la enmienda en 1868.
La orden ejecutiva argumenta que "la Decimocuarta Enmienda nunca fue concebida para otorgar ciudadanía universal a todas las personas nacidas en los Estados Unidos". Según el texto, históricamente, la ciudadanía por derecho de nacimiento ha excluido a quienes nacieron en el país pero no estaban "sujetas a su jurisdicción".
La orden establece una reinterpretación del concepto de "estar sujeto a la jurisdicción" de Estados Unidos y aclara: "Entre las categorías de personas nacidas en Estados Unidos y no sujetas a su jurisdicción, el privilegio de la ciudadanía estadounidense no se extiende automáticamente a las personas nacidas en Estados Unidos cuando la madre de esa persona está presente ilegalmente en Estados Unidos y el padre no es ciudadano de Estados Unidos ni residente permanente legal en el momento del nacimiento de dicha persona".
Asimismo, esta exclusión aplica cuando la madre se encuentra en Estados Unidos legalmente pero de manera temporal —por ejemplo, con una visa de estudiante, trabajo o turista— y el padre tampoco es ciudadano ni residente permanente legal en el momento del nacimiento.
La orden también dispone que "es la política de Estados Unidos que ningún departamento o agencia del Gobierno ... emitirá documentos que reconozcan la ciudadanía estadounidense, ni aceptará documentos emitidos por gobiernos o autoridades estatales, locales u otros que pretendan reconocer la ciudadanía estadounidense" a quienes se ajusten a las categorías mencionadas.