
Juicio por YPF: Argentina logró un nuevo fallo favorable en la causa
En este caso, el fallo fue realizado por la Justicia de Irlanda.
Argentina logró un nuevo fallo favorable en la causa por la expropiación kirchnerista de YPF. En este caso, la Justicia de Irlanda dio la razón al país y rechazó el pedido de ejecutar allí el fallo relacionado con YPF, solicitado por los demandantes.
“En dicho proceso buscaban el reconocimiento y ejecución en Irlanda del fallo dictado por la Corte del Distrito Sur de Nueva York, que condenó a la República Argentina al pago de más de 16 mil millones de dólares más intereses, el cual todavía se encuentra en instancia de apelación”, señaló la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN).
Desde la PTN destacaron que los demandantes habían presentado pedidos similares en otras jurisdicciones internacionales. “Por eso, la decisión irlandesa constituye la primera resolución en el marco de estos intentos de ejecución internacional y representa un precedente favorable para la República Argentina”, remarcaron.

La semana pasada, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York indicó que el país podía aguardar hasta la próxima apelación, prevista para septiembre, respecto al pedido de Buford Capital, el principal demandante de este largo juicio, de quedarse con las acciones de la empresa, sin necesidad de otorgar garantías.
La jueza Loretta Preska, quien condenó a Argentina en primera instancia, ordenó la entrega de las acciones. Esta medida puntual será revisada por la Corte en septiembre y, posteriormente, en octubre, después de las elecciones legislativas, se evaluará la apelación de “fondo”, es decir, si el fallo multimillonario de Preska es correcto o no. Argentina ya adelantó que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de EE. UU. frente a cualquier resolución adversa en este caso.

El fallo de Irlanda
Por su parte, el fallo de The High Court Commercial de Irlanda, firmado por la jueza Eileen Roberts y de 77 páginas, se inició en abril del año pasado a solicitud de dos de los demandantes, Petersen y Eton Park.
Roberts fundamentó su decisión señalando que ni la República Argentina ni YPF cuentan con bienes en Irlanda que puedan ser embargados, exceptuando los activos diplomáticos y consulares, los cuales están protegidos por su naturaleza. La magistrada subrayó además que no hay indicios de que el Estado argentino vaya a tener activos en el país a corto o mediano plazo, por lo que permitir la ejecución solo supondría un uso innecesario de recursos judiciales sin un impacto real para las partes.
La resolución examinó detalladamente la jurisprudencia local sobre el reconocimiento de sentencias extranjeras y concluyó que, si bien no es indispensable la existencia inmediata de bienes, debe existir una expectativa razonable de obtener un beneficio práctico. En este caso, la falta de activos y la duplicidad de procedimientos en otras jurisdicciones llevaron al tribunal a descartar cualquier utilidad concreta de la acción en Irlanda.
La jueza también consideró que los demandantes ya cuentan con mecanismos de investigación y ejecución en Estados Unidos y otros países, por lo que replicar esos procesos en Irlanda resultaría redundante.
Más noticias: