Mediante la Resolución 316/2025, Argentina eximió a ciudadanos dominicanos del requisito de visa consular para ingresar a su territorio, siempre que posean una visa estadounidense vigente y viajen con fines turísticos.
La medida, firmada por la Vicejefatura de Gabinete del Interior, elimina también la obligatoriedad de la Autorización de Viaje Electrónica (AVE), agilizando el turismo binacional bajo criterios de reciprocidad y seguridad.
Pasaporte ordinario dominicano con visa estadounidense válida (categorías B1/B2, u otras no inmigrantes). Estancia máxima de 90 días con propósito exclusivamente turístico.
No aplica para trabajo, estudios o residencia. Dominicanos que hayan visitado Irán, Siria, Corea del Norte o Cuba recientemente deben tramitar visa convencional.














