El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°28 ordenó este martes la detención del médico Aníbal Lotocki en el marco de la causa en la que fue condenado a ocho años de prisión. El expediente involucra a las víctimas Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi, y lo acusa de estafa y de haberles ocasionado lesiones graves.
La medida se tomó a pedido del fiscal general Sandro Abraldes, quien intervino durante el juicio. El juez Jorge Romeo justificó la decisión al señalar que, si el profesional recuperara su libertad, podría evadirse del accionar de la justicia ante la perspectiva de cumplir una pena de prisión efectiva de envergadura.
Lotocki se encuentra actualmente detenido de forma preventiva en otra causa, donde se lo juzga por el homicidio de un paciente ocurrido en abril de 2021. El fiscal Abraldes había remarcado que su presunción de inocencia se encuentra severamente debilitada y que la expectativa de pena ya no es una hipótesis, sino una certeza inminente y cuantificada.
En febrero de 2022 el médico había recibido una condena inicial de cuatro años. El entonces integrante del tribunal Carlos Rengel Mirat consideró acreditado que Lotocki realizó intervenciones quirúrgicas a las cuatro pacientes y les colocó un producto de relleno que contenía microesferas de Polimetilmetacrilato, en zonas y cantidades no aconsejadas.
La ampliación de la pena y el riesgo de fuga
Esa sustancia generó granulomas y lesiones. El reproche penal se centró en que el profesional ocultó de manera intencional información que estaba obligado a brindar sobre los posibles efectos y las consecuencias más graves que podían aparecer.
Tras los recursos presentados por la fiscalía y las querellas, la Sala III de la Cámara de Casación elevó la condena de cuatro a ocho años al incorporar el delito de estafa. También aumentó de cinco a diez años el plazo de inhabilitación para ejercer la medicina.
En abril de 2025 la Sala II de la Cámara confirmó esa pena de ocho años. La defensa recurrió la decisión y actualmente queda pendiente un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.
Silvina Luna internada
En agosto pasado el representante del Ministerio Público Fiscal había pedido que se dictara la prisión preventiva en esta causa para asegurar la futura ejecución de la pena. Señaló además que Lotocki incumplió en tres oportunidades la obligación judicial de informar cualquier ausencia de su domicilio superior a 24 horas y que se mudó a una residencia fuera de la jurisdicción sin autorización.
Los argumentos del juez para el encierro cautelar
El magistrado compartió los argumentos de la fiscalía sobre la relación inversamente proporcional entre la presunción de inocencia y el riesgo de fuga. Consideró que, desde la última resolución que había rechazado un planteo similar, se intensificó la posibilidad de que el imputado se fugue.
Recordó que el médico enfrenta además un juicio ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°17 por el homicidio de un paciente y por lesiones a otras cinco mujeres. Esos antecedentes, según el juez, generan una incertidumbre mayor: en caso de recuperar la libertad por una eventual absolución, podría intentar darse a la fuga.
Romeo sostuvo que la multiplicidad de procesos y la reiterancia delictiva justifican el encierro cautelar para garantizar su sujeción al proceso. Agregó que mantenerlo en libertad en esta instancia vulneraría las garantías de las víctimas y el principio de progresividad y eficacia de la tutela judicial.
El juez aclaró que la imposición de la prisión preventiva no implica un agravamiento de la situación de privación de libertad, ya que Lotocki ya se encuentra detenido a disposición de otro tribunal.