Caso Agostina Vega: el debate por la excusa absolutoria en la causa por encubrimiento
Cuatro de los cinco imputados por encubrimiento agravado recurrieron el pedido de elevación a juicio, en una discusión centrada en el artículo 277 del Código Penal.
Cuatro de los cinco imputados por encubrimiento agravado recurrieron el pedido de elevación a juicio, en una discusión centrada en el artículo 277 del Código Penal.
Cuatro de los cinco acusados por encubrimiento agravado en la causa por el crimen de Agostina Vega, la adolescente de 14 años asesinada en Córdoba, apelaron la resolución del fiscal Raúl Garzón que solicitó la elevación de la causa a juicio oral. Las defensas de Soledad Andreani, Marianela Palmero, Osvaldo Fassetta y Matías Córdoba formalizaron su oposición al requerimiento del Ministerio Público Fiscal.
En total, la acusación alcanza a seis personas: Claudio Barrelier, señalado como principal acusado por el crimen, y los cinco imputados por encubrimiento. La discusión se concentra ahora en la situación procesal de estos cinco últimos y en si corresponde aplicarles la excusa absolutoria prevista por la legislación penal.
La fiscalía sostiene que los allegados a Barrelier no pueden quedar alcanzados por las excepciones legales previstas para determinados vínculos familiares o afectivos. Para Garzón, las conductas atribuidas a los acusados fueron conscientes y estuvieron dirigidas a favorecer la impunidad del principal imputado.
Cuatro de los cinco acusados por encubrimiento agravado en la causa por el crimen de Agostina Vega apelaron la resolución del fiscal Raúl Garzón
Qué dice el artículo 277 del Código Penal sobre los vínculos con Cladio Barrelier
Uno de los puntos centrales del debate es la interpretación del artículo 277 del Código Penal, que contempla una excusa absolutoria para ciertos casos de favorecimiento personal o real cuando existe un vínculo familiar o una amistad íntima con el autor. En su dictamen, Garzón rechazó aplicar este beneficio a Eugenia Ascarruz y Matías Córdoba, al considerar que comenzaron a convivir con Barrelier recién en marzo de 2026, un tiempo insuficiente para configurar una amistad íntima. Planteó una situación similar respecto de Osvaldo Fassetta, cuyo vínculo de mayor cercanía se remontaría a diciembre de 2025, con una convivencia iniciada en abril de 2026.
En el caso de Soledad Andreani, el fiscal sostuvo que la excusa absolutoria no puede extenderse a una expareja cuyo vínculo afectivo ya estaba terminado al momento de los hechos. La situación de Marianela Palmero, en cambio, presenta una diferencia: convivió con Barrelier durante más de 13 años y tiene una hija de 11 años en común con él, aunque Garzón consideró que la relación se encontraba deteriorada al momento de los hechos, según elementos incorporados a la investigación.
La fiscalía planteó además una discusión sobre los límites constitucionales de la excusa absolutoria cuando se trata de una presunta colaboración activa destinada a favorecer la impunidad de hechos de extrema violencia. Según la postura del Ministerio Público Fiscal, aplicar automáticamente esa excepción en un caso de estas características entraría en tensión con las obligaciones del Estado para investigar y sancionar hechos de violencia contra mujeres y adolescentes.