Con el superávit energético más alto de las últimas décadas, el Gobierno nacional dio un nuevo paso en su agenda de desregulación económica y simplificó el régimen para exportar petróleo, combustibles y otros hidrocarburos líquidos.
A través de la Resolución 166/2026 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial, la administración del presidente Javier Milei eliminó la obligación de ofrecer previamente la producción en el mercado interno antes de exportarla, un requisito que regía desde 2017 y que era cuestionado por la industria por generar demoras y costos administrativos innecesarios.
La medida también unificó en un único marco regulatorio normas dispersas que tenían hasta tres décadas de antigüedad y creó el Registro de Operaciones de Exportación, con el objetivo de brindar mayor previsibilidad y agilizar el comercio exterior.
El Gobierno eliminó trabas burocráticas para exportar hidrocarburos
Hasta ahora, las empresas debían publicar una oferta de venta dirigida al mercado interno antes de solicitar la autorización para exportar petróleo o derivados.
Ese procedimiento fue reemplazado por un sistema de simple notificación, mediante el cual el exportador informa la operación y la Secretaría de Energía dispone de un plazo máximo de 30 días para formular objeciones fundadas exclusivamente en razones técnicas o vinculadas con la seguridad del abastecimiento nacional.
Si no existen observaciones dentro de ese plazo, la exportación queda automáticamente autorizada, reduciendo significativamente la burocracia que enfrentaba el sector.















