ARCA confirmó una prórroga para la Declaración Jurada de Ganancias 2026. La medida extiende el plazo de presentación y modifica el calendario del primer anticipo correspondiente al período fiscal 2026.
La decisión alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como de quienes presentan la declaración jurada simplificada, según la Resolución General 5876/2026.

¿Hasta cuándo se puede presentar la Declaración Jurada de Ganancias 2026?
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva prórroga para la Declaración Jurada de Ganancias 2026, correspondiente al período fiscal 2025.
Con este cambio, los contribuyentes dispondrán de más tiempo para completar la presentación de la documentación sin modificar el vencimiento del pago del saldo resultante.
Presentación de la Declaración Jurada: hasta el 27 de agosto de 2026.
Pago del saldo resultante: se mantiene hasta el 27 de julio de 2026.
La medida fue establecida mediante la Resolución General 5876/2026, publicada por ARCA.

Qué pasa con Bienes Personales 2025
En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2025, no hubo modificaciones.
El vencimiento unificado para la presentación de la declaración jurada y el pago continúa fijado para el 27 de julio de 2026.

Nuevo cronograma para el primer anticipo de Ganancias 2026
Como el cálculo de los anticipos depende del impuesto determinado durante el año anterior, ARCA también reprogramó el vencimiento del primer anticipo del período fiscal 2026.












