
El Gobierno endurece requisitos para cannabis medicinal y relanza el Reprocann
Las organizaciones civiles y fundaciones también fueron alcanzadas por la nueva norma.
Más de un año y medio después de asumir, el Gobierno nacional actualizó la regulación sobre el uso medicinal del cannabis a través de la Resolución 1780/2025 del Ministerio de Salud. La medida, publicada este viernes en el Boletín Oficial, apunta a ordenar el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) y endurece los requisitos para el cultivo tanto individual como colectivo, afectando a unas 100 mil personas que esperan ser autorizadas.
La resolución establece nuevas categorías para los inscriptos: usuarios o pacientes, cultivadores, y personas jurídicas involucradas en proyectos de investigación y desarrollo. El objetivo, según indica el texto oficial, es “corregir efectos adversos del sistema” y evitar el uso con fines comerciales de los permisos otorgados bajo la figura de cultivador solidario.
Cultivo individual: se mantiene el esquema actual
A pesar de los cambios, poco se modifica para los autocultivadores que ya poseen autorización. Las personas con indicación médica seguirán pudiendo cultivar hasta nueve plantas florecidas con permisos válidos por tres años, al igual que en la normativa anterior. También se mantienen los márgenes para transportar cannabis: hasta 40 gramos de flores o 30 mililitros de aceite, siempre que el usuario esté registrado en la app Mi Argentina.

Las personas que iniciaron el trámite de inscripción en Reprocann pero aún no fueron aprobadas deberán volver a comenzar el proceso bajo las nuevas exigencias.
Cultivadores solidarios: límites y controles más estrictos
Quienes cultiven para un tercero podrán hacerlo solo para un usuario adicional y deberán demostrar la renuncia de este a ser autocultivador. Además, deberán presentar antecedentes penales limpios, informes cromatográficos semestrales y una declaración jurada detallando el número de plantas, su estado y genética.
“Se ha advertido en la práctica el uso indebido de la figura del cultivador solidario con fines comerciales”, indica el documento oficial.
ONG: requisitos más similares a los de una clínica

Las organizaciones civiles y fundaciones también fueron alcanzadas por la nueva norma. Deberán estar registradas en el marco legal del cannabis medicinal y renovar su autorización anualmente. Entre otros requisitos, tendrán que:
- Presentar nóminas precisas de pacientes
- Garantizar la confidencialidad médica
- Designar un Director Médico con formación específica en cannabis medicinal
- Presentar informes semestrales técnicos y médicos bajo declaración jurada
- Tener un Responsable Técnico con experiencia en producción agrícola o científica vegetal
El rol de los médicos: registro, formación y firma digital
Los médicos que receten cannabis deberán estar registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contar con formación acreditada en tratamiento con cannabis medicinal. También deberán contar con firma digital validada por el Ministerio de Salud.
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