En el caso del Fondo Fiduciario del Servicio Universal, creado bajo la Ley 27.078 con el objetivo de desarrollar tecnologías de la información y la comunicación, se detectó que varios programas asociados carecían de la documentación necesaria para justificar su continuidad y no cumplían con los fines establecidos. Cabe resaltar que el acceso al Servicio Universal sigue vigente, al igual que la obligación de realizar las inversiones previstas.
En el caso del Fondo Fiduciario para la Vivienda Social, creado por la Ley 27.341 con el propósito de financiar programas de vivienda e infraestructura básica utilizando fondos públicos, privados y de organismos internacionales, se encontraron obras finalizadas sin las correspondientes rendiciones de cuentas y proyectos que fueron rescindidos sin la devolución de los fondos.
Por último, el Prodaf, cuyo objetivo era facilitar el acceso al crédito para los beneficiarios, fue considerado innecesario tras haber cumplido con sus metas iniciales.












