Además, lanza un nuevo plan de pagos con cuotas fijas, más opciones de financiamiento y condiciones más flexibles para regularizar deudas.
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
¿Cuáles son las nuevas tasas de interés de ARCA?
La Resolución 823/2025 oficializa la baja en las tasas que se deben pagar por deudas fiscales:
Interés resarcitorio: baja de 4% a 2,75% mensual
Interés punitorio: pasa de 5% a 3,50% mensual
Interés a favor del contribuyente: se fija en 0,50% mensual
Esta modificación rige para todas las deudas cuyo vencimiento opere a partir del 1 de julio de 2025. Las anteriores seguirán con las tasas vigentes en su momento.
Nuevo plan de pagos ARCA
Desde el 1 de julio se podrá acceder a un nuevo régimen para regularizar deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2025.
Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
Está abierto a personas humanas, pymes, entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y demás contribuyentes.
Se pueden incluir en el plan:
Impuestos impagos
Deudas de seguridad social
Tributos aduaneros, incluyendo multas
¿Cómo acceder al plan de facilidades de pago?
Condiciones generales
Sin límite de cantidad de planes por contribuyente
Tasa fija: 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente
No se reducen intereses ni sanciones
Adhesión abierta hasta el 30 de diciembre de 2025
Cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde $2.000
El plan caduca tras 60 días de falta de pago de dos cuotas
Plazos y anticipos según el tipo de contribuyente
Personas humanas, micro y pequeñas empresas, salud y sin fines de lucro
Pago inicial: 10%
Hasta 60 cuotas
El proceso para pedir el prestamo de Mercado Pago
Medianas empresas (tramos 1 y 2)
Pago inicial: 15%
Hasta 48 cuotas
Otros contribuyentes
Pago inicial: 20%
Hasta 36 cuotas
ARCA ajusta el proceso de embargos
La Disposición 120/2025 modifica el procedimiento de embargos, introduciendo un nuevo esquema de plazos y notificaciones.
ARCA activa su feria fiscal de invierno con beneficios para deudores
Ahora se establece un plazo mínimo de 48 horas antes de ejecutar la medida, lo que permite al contribuyente presentar excepciones o cancelar la deuda.