El beneficio de subte gratisparajubilados tendrá un trámite más simple y presencial en la Ciudad de Buenos Aires. La Legislatura porteña aprobó el Despacho N° 0339-26, que modifica la Ley N° 6.817 y elimina parte de los requisitos vigentes.
El nuevo esquema alcanza a jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad que cumplan con el límite establecido por la normativa.
El beneficio de subte gratis para jubilados tendrá un trámite más simple
Subte gratis para jubilados: qué documentos deberán presentar
Con la modificación aprobada, el trámite podrá realizarse de manera presencial en todas las sedes comunales de la Ciudad.
Para iniciar la gestión, los beneficiarios deberán presentar únicamente dos documentos:
DNI.
Recibo de haberes.
El nuevo procedimiento elimina distintos pasos que formaban parte del esquema anterior. Entre ellos estaban el ingreso al sistema de Trámites a Distancia (TAD), la presentación de una constancia de ARCA y la certificación negativa de ANSES.
Subte gratis para jubilados: qué documentos deberán presentar
¿Quiénes pueden acceder al subte gratis?
El beneficio alcanza a quienes perciben hasta 2,5 haberes mínimos, de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente.
La medida comprende a jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Quiénes pueden acceder al subte gratis?
¿Cómo funcionará el pase gratuito de subte?
El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, explicó que, una vez completada el alta, el acceso será directo mediante el DNI.
“Se dan de alta, pasan el DNI por el molinete. Simple”, afirmó Macri al explicar el funcionamiento previsto para el subte gratis para jubilados.
La iniciativa fue impulsada por la diputada Graciela Ocaña y trabajada en conjunto con el Ejecutivo porteño.
¿Cuándo empezará a regir el nuevo trámite?
El nuevo sistema todavía debe completar el proceso correspondiente antes de comenzar a aplicarse. La modificación deberá ser promulgada y posteriormente reglamentada.
¿Cuándo empezará a regir el nuevo trámite?
Una vez promulgada la ley, el Poder Ejecutivo porteño tendrá un plazo máximo de 60 días corridos para reglamentarla.
A partir de esa reglamentación quedará definido el procedimiento para realizar el alta y utilizar directamente el DNI para acceder al subte sin pagar.