
Grabois y Mengolini mienten: no hay imputados y se les cae la causa
Fin de la mentira para Grabois y Mengolini: se solicitó la recusación del juez y del fiscal.
Grabois, Mengolini y distintos medios salieran a divulgar fake news, alegando que el Presidente Milei, la Diputada Lemoine, Agustín Romo, Santiago Oría, Fernando Cerimedo y quien suscribe, junto a tantos otros, habíamos sido imputados en la causa por su falsa denuncia por amenazas y otros delitos.
Ante esta circunstancia, junto a Fernando Cerimedo decidimos presentarnos en el expediente no solo a fin de arrojar verdad sobre los delirantes planteos, sino también para encontrarnos de primera mano con la mentira instalada por un kirchnerismo en plena campaña, y además para realizar una serie de planteos.

Entre ellos, la recusación tanto del Juez Mirabelli como del Fiscal Domínguez, en virtud de lo dispuesto en el art. 55 inc. 8º del Código Procesal Penal de la Nación (art. 60 inc. “f” del Código Procesal Penal Federal).
Ello así porque, tal y como consta en causa FSM 27227/2022 (Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 de San Isidro, a cargo de la Dra. Sandra Arroyo Salgado), he denunciado tanto a Mirabelli como a Domínguez por los delitos previstos en los arts. 248 y 269 del Código Penal de la Nación; denuncia que ha sido oportunamente ratificada y de la cual se adjuntaron las pruebas pertinentes, sin perjuicio de haber tomado carácter público debido a la difusión en múltiples medios de comunicación tradicionales.
En lo que aquí interesa, el inc. 8º del art. 55º establece que “El juez deberá inhibirse de conocer en la causa cuando exista uno de los siguientes motivos: 8) Si antes de comenzar el proceso hubiere sido acusador o denunciante de alguno de los interesados, o acusado o denunciado por ellos”.
Esta causal en particular guarda especial vinculación con el caso, no pudiendo escindirse en la consideración de la recusación a raíz de la denuncia formulada contra el Juez y el representante del Ministerio Público Fiscal, puesto que la imparcialidad se ve sin dudas comprometida.
Por la definición, la ley es clara y no admite ningún tipo de interpretación: si hay denuncia previa, hay riesgo de parcialidad; y si hay riesgo de parcialidad, hay recusación. Esto, claro está, implicará que deba intervenir otro juzgado dentro de la jurisdicción, siendo el único posible el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 de San Isidro, a cargo de la Dra. Sandra Arroyo Salgado, quien de acá en más deberá llevar adelante la investigación.

Además, y al margen de este planteo, se trata de una causa con muy poco movimiento y en la cual no se imputó absolutamente a nadie. Solo consta un pedido de exhorto para que la red social “X” aporte datos privados de las cuentas del Presidente, otros funcionarios y civiles varios, finalmente ordenado por el juez Mirabelli pero que, dado los planteos, sumado al pedido de nulidad, ha quedado virtualmente congelado.
La mentira de Grabois y Mengolini, sin dudas, pretendía alimentar una campaña electoral que se muestra muy pobre y escuálida para el kirchnerismo, pretendiendo generar algún tipo de golpe de efecto que, además de irrelevante, resultó ser una burda estafa para su propio público.
Ahora será la justicia quien deberá dirimir estas cuestiones, mientras Grabois y Mengolini deberán esperar a que se consume una total y absoluta derrota para sus retorcidas pretensiones.
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