
Acusado de abuso sexual y desobediencia, Fernando Espinoza deberá ir a juicio oral
El juez de instrucción Fernando Caunedo rechazó los pedidos de sobreseimiento presentados por la defensa de Espinoza.
El intendente kirchnerista de La Matanza, Fernando Espinoza, fue enviado hoy a juicio oral y público por la presunta agresión sexual a Melody Rakauskas, quien trabajaba en la secretaría privada del municipio, y por haber incumplido una orden judicial que le prohibía cualquier contacto con ella.
El juez de instrucción Fernando Caunedo rechazó los pedidos de sobreseimiento presentados por la defensa de Espinoza y dio por concluida la etapa de investigación, permitiendo que el caso avance hacia el juicio oral.
El siguiente paso será el sorteo del Tribunal Oral Criminal que llevará adelante el proceso y definirá la fecha en la que comenzará el debate.
El intendente de La Matanza enfrentará juicio por el supuesto abuso sexual de Rakauskas, ocurrido en mayo de 2021 en el departamento de la mujer.
Además, se le imputa haber violado la orden judicial de restricción cuando, en plena investigación, envió a un funcionario municipal a la causa de la víctima para gestionar la desestimación de la denuncia y, en ese contexto, mantuvo una conversación telefónica con Espinoza.

El procesamiento del intendente fue dictado por la jueza de instrucción Fabiana Galetti y ratificado posteriormente por la Cámara del Crimen. Sin embargo, la investigación continuó, y la fiscal de instrucción Mónica Cuñarro solicitó su sobreseimiento tras el hallazgo de un audio en el celular de Rakauskas que desvincularía a Espinoza del caso.
Uno de los aspectos clave del dictamen es el análisis del testimonio de la denunciante, el cual, según la fiscal, contiene "contradicciones relevantes" tanto en puntos fundamentales como en detalles secundarios.
La defensa de Espinoza había adoptado una postura similar, argumentando que la denuncia tenía un supuesto "trasfondo político". Sin embargo, el juez Caunedo desestimó esa interpretación y decidió elevar el caso a juicio oral.
Las palabras del juez
"La mayoría de los argumentos esgrimidos por la defensa, ya fueron objeto de análisis y respuesta por la cámara de apelaciones al confirmar el procesamiento, en una resolución también extensa, que abordó los cuestionamientos de los defensores, que habían sido críticos para con la denuncia y las pruebas reunidas”, señaló el magistrado.

Asimismo, el juez indicó que la Cámara del Crimen descartó la versión de la defensa según la cual habría sido la querellante quien invitó al acusado a su domicilio.
Basándose en la evaluación de las pruebas, concluyó que existió una relación de superioridad por parte del imputado y un uso del poder que ejercía para concretar los encuentros en la vivienda de la denunciante, a pesar de su incomodidad y resistencia inicial.
El magistrado explicó que el caso se sustenta en dos interpretaciones opuestas: la de la querella, que considera válido el testimonio de la denunciante, y la de la defensa, que lo cuestiona.
"A modo de síntesis, cabe destacar que la controversia se ciñe a la credibilidad del discurso de la querellante, como única prueba directa del abuso sexual denunciado, por cierto negado por el imputado, cuyo descargo ha quedado parcialmente desvirtuado con evidencias objetivas, que respaldan su presencia en el lugar al momento del hecho investigado”, concluyó.
Más noticias: