Condenaron a una mujer a pagar $10 millones a su expareja por difamarlo y hostigarlo en redes sociales

Condenaron a una mujer a pagar $10 millones a su expareja por difamarlo y hostigarlo en redes sociales
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porRedacción
Política

Tras terminar la relación, la mujer comenzó a difundir información errónea e incluso realizó denuncias falsas.

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La Justicia de La Rioja dictó un fallo sin precedentes en la provincia al condenar a una mujer a indemnizar a su expareja, un oficial de la Policía Provincial, por haber llevado a cabo una campaña sostenida de difamación y hostigamiento a través de redes sociales.

La sentencia fija una reparación económica de aproximadamente 10 millones de pesos. El caso fue impulsado por los abogados Celeste Maidana y Pablo Arrieta, quienes destacaron el alcance del fallo y su impacto como precedente en la jurisprudencia local.

El conflicto se originó en 2019, tras la finalización de la relación de pareja. A partir de ese momento, la mujer inició una campaña sistemática en redes sociales con el objetivo de dañar la reputación del efectivo policial. Las publicaciones incluyeron ataques personales, comentarios discriminatorios y la difusión de información falsa.

La Justicia.
La Justicia.

La campaña de difamación y hostigamiento

Entre las acusaciones más graves, se comprobó que difundió de manera reiterada que su expareja padecía una enfermedad de transmisión sexual, una afirmación completamente falsa.

Este hecho tuvo consecuencias directas al tratarse de un funcionario público, y se le abrió un sumario administrativo dentro de la fuerza, afectando sus posibilidades de ascenso.

El caso se agravó aún más cuando la mujer presentó denuncias por violencia de género contra el agente. Sin embargo, estas fueron investigadas y posteriormente desestimadas y archivadas por falta total de pruebas.

Una mujer mentirosa.
Una mujer mentirosa.

Uno de los aspectos centrales del fallo fue la forma en que la Justicia logró acreditar la autoría de los ataques. A pesar de que parte del hostigamiento se realizaba desde cuentas anónimas, el tribunal utilizó prueba indiciaria y testimonial para establecer la responsabilidad.

El análisis determinó que los contenidos publicados desde perfiles falsos coincidían con los difundidos desde la cuenta personal de la demandada: mismo lenguaje, mismas acusaciones y detalles íntimos que solo ella conocía. Esta coincidencia fue considerada prueba suficiente para atribuirle la autoría.

Desde el ámbito legal, la resolución fue calificada como un hito en la provincia, con un impacto comparable a casos de alto perfil a nivel nacional. Además, se remarcó que este tipo de conductas no solo puede derivar en sanciones civiles, sino también en acciones penales por calumnias, injurias o falsa denuncia, con posibles penas de prisión.


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