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La Corte reactivó una causa contra la reelección indefinida en Formosa

La Corte reactivó una causa contra la reelección indefinida en Formosa
Se reabre la disputa en Formosa por la reelección indefinida
Imagen de Redacción
porRedacción
Política

La Corte Suprema analiza la reforma constitucional formoseña que habilitaría a Insfrán a ir por su noveno mandato

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación reabrió la disputa por la reelección en Formosa. El máximo tribunal tomó el planteo presentado por la oposición provincial contra la reforma constitucional que permitiría al actual gobernador, Gildo Insfrán, postularse nuevamente en 2027, pese al fallo previo que declaró inconstitucional la reelección indefinida.

Se reabre la disputa en Formosa por la reelección indefinida
Se reabre la disputa en Formosa por la reelección indefinida

La Corte pide opinión a la Procuración

Fuentes judiciales confirmaron que los jueces remitieron el expediente al Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, para que dictamine si corresponde la intervención del tribunal en esta nueva etapa. Se trata del primer paso formal antes de que la Corte decida si acepta tratar el reclamo en instancia originaria.

La presentación fue realizada por la Confederación Frente Amplio Formoseño —que integran la UCR, la Coalición Cívica y el peronismo disidente— y por el senador nacional Francisco Paoltroni, quienes advirtieron que la cláusula transitoria aprobada en septiembre “no es más que una burla” al fallo anterior del máximo tribunal.

El fallo que frenó la reelección indefinida

Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación fallarón en contra de Insfrán en 2024
Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación fallarón en contra de Insfrán en 2024

En diciembre de 2024, la Corte declaró inconstitucional la posibilidad de reelección ilimitada. En aquel fallo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti afirmaron que “la vigencia del sistema republicano consagrado en los artículos 1° y 5° de la Constitución Nacional presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades”.

El tribunal sostuvo que “una reelección sin límites, lejos de constituir la máxima realización de la voluntad popular, permite que quien se encuentra en ejercicio del poder acumule ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral”.

Y agregó: “No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, porque la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias”.

La reforma y la cláusula polémica

Tras ese fallo, Insfrán convocó a una convención constituyente. Con mayoría oficialista, se aprobó limitar los mandatos a dos consecutivos, pero se incorporó una cláusula transitoria que establece que “el mandato del gobernador y vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma deberá ser considerado como primer mandato”. Esa redacción le permitiría volver a competir en 2027, en lo que sería su noveno período consecutivo desde 1995.

La reforma le permite a Insfrán ir por su noveno mandato consecutivo
La reforma le permite a Insfrán ir por su noveno mandato consecutivo

La oposición denunció que la reforma “pretende sortear con una treta el fallo de la Corte y violar nuevamente el principio republicano de gobierno”. En su presentación ante el máximo tribunal, los abogados sostuvieron que “permitir una novena postulación a un ciudadano que lleva más de 30 años en el cargo de gobernador no es más que dinamitar el principio republicano”.

El dictamen del procurador Casal

Casal ya había advertido en su dictamen previo —cuando la Corte analizó la reelección indefinida— que “el sistema republicano consagrado en la Constitución implica la limitación del poder, y las múltiples reelecciones sucesivas conspiran contra la finalidad propia del Estado de Derecho que tuvieron en mira nuestros constituyentes”.

Eduardo Casal, Procurador General de la Nación
Eduardo Casal, Procurador General de la Nación

En la misma línea, sostuvo que “la duración ilimitada de los mandatos erosiona el principio de separación de poderes y debilita la esencia del régimen republicano”.

Ahora, el procurador deberá pronunciarse nuevamente antes de que el máximo tribunal defina si abre el expediente para tratar el caso de fondo. De hacerlo, la Corte podría volver a marcar un límite institucional frente a los intentos de perpetuidad política en las provincias.

 


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