Fachada de un edificio histórico de arquitectura clásica con columnas y banderas en el techo bajo un cielo despejado
SOCIEDAD

Jueces tendrán la potestad exclusiva para decidir prisiones preventivas en flagrancia

La medida se aplicará de manera uniforme en toda la provincia de Córdoba, tras años de implementación gradual.

Las prisiones preventivas en casos de flagrancia dejarán de ser definidas por fiscales y pasarán a manos de jueces de control. Esta medida fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba tras una audiencia oral entre las partes. Se trata de una aplicación plena de la reforma legislativa aprobada en el año 2017.

La normativa establece que la privación de libertad debe resolverse en una audiencia oral, con intervención del fiscal y derecho de oposición de la defensa. El juez debe resolver al cierre de la audiencia o en un máximo de 24 horas. Hasta ahora, el esquema se aplicaba de forma parcial bajo un plan piloto.

El decreto inicial del TSJ había permitido que, en los hechos, los fiscales siguieran decidiendo sobre prisiones preventivas en gran parte de la provincia. El plan piloto estaba restringido a delitos de flagrancia o cuasi flagrancia, de menor complejidad probatoria. Ahora, la decisión extiende el esquema a todos los juzgados de Córdoba.

Grupo de personas sentadas en fila observando atentamente hacia el mismo lado en un evento formal
Vocales del Tribunal Superior de Justicia | La Derecha Diario

Ampliación progresiva a todas las sedes judiciales

El proceso comenzó en 2022 en tres juzgados de la Capital y se extendió a toda la ciudad en 2023. Ese mismo año alcanzó a Río Cuarto, San Francisco y Villa María. En 2024 se sumaron Bell Ville, Río Tercero, Villa Dolores, Cruz del Eje, Laboulaye y Dean Funes.

La última resolución incorporó nuevas sedes, entre ellas Villa Carlos Paz, Alta Gracia, Marcos Juárez y Jesús María. También alcanzó a La Carlota, Huinca Renancó, Corral de Bustos y Morteros. El plan incluyó además a Oliva, Arroyito, Las Varillas, Villa Cura Brochero y Cosquín.

El TSJ resolvió que las audiencias podrán realizarse de forma presencial o mediante videoconferencia. Asimismo, los acusados podrán participar de manera remota desde los penales. Con este esquema, se busca garantizar rapidez en los procesos y resguardar los derechos de los imputados.

Hombre mayor de cabello canoso usando traje azul y corbata, hablando en un podio frente a un micrófono
Luis Eugenio Angulo, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba | La Derecha Diario

Secuencia procesal definida en el nuevo esquema

La resolución incluyó un anexo metodológico que fija los pasos a seguir en cada caso. Primero, la Fiscalía remitirá el expediente al Juzgado de Control. Luego, se notificará a la defensa, que contará con 48 horas para plantear excepciones.

Si el Juzgado sostiene la oralidad, se fijará la audiencia mediante el sistema digital y con coordinación de videoconferencia. En la audiencia se evaluarán las alternativas de prisión preventiva, domiciliaria o el rechazo del pedido. De igual manera, todo quedará registrado en el expediente.

En caso de apelación, la Cámara en lo Criminal, Correccional y de Acusación intervendrá con el mismo criterio. Se aclara que los plazos deben cumplirse en resguardo de las garantías procesales. La medida se limita a delitos de flagrancia, cuasi flagrancia y flagrancia ficta.

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