El presidente de la República podrá eliminar empresas públicas creadas por ley, según una polémica disposición incluida en el proyecto de Ley urgente de Integridad Pública. La Comisión de Desarrollo Económico afina el informe para el segundo debate en el pleno de la Asamblea Nacional.
La disposición, que ha despertado cuestionamientos, fue incorporada antes del primer informe y contempla reformas a once leyes. Entre ellas, el Código Orgánico Administrativo (COA), que incluiría una cláusula para permitir que el Ejecutivo elimine entidades públicas sin necesidad de otra ley, si se demuestra objeción legislativa o ausencia de dictamen presupuestario. Para el legislador Alfredo Serrano, esta disposición rompe el principio jurídico de paralelismo de las formas, donde las leyes solo pueden ser derogadas por otras leyes. “Se está delegando una facultad exclusiva de la Asamblea al Ejecutivo”, advirtió el asambleísta socialcristiano.
Además, la reforma amplía su alcance al establecer que los fiscales también podrán ser sancionados por prevaricato, con inhabilitación vitalicia, medida que hasta ahora solo aplicaba a jueces y árbitros. Esta inclusión refuerza el carácter punitivo del texto legal, sin un análisis profundo sobre sus implicaciones institucionales.
Otro cambio sustancial es el artículo reformado de la Ley de Solidaridad Nacional, que impide otorgar indultos a procesados por delitos contra la administración pública. Esto parece una respuesta política más que una reforma jurídica estructural. El legislador Diego Franco, del movimiento oficialista, defendió la ley como una herramienta para eliminar estructuras públicas ineficientes. “No se trata de dar más poder al Ejecutivo, sino de combatir la corrupción estructural que existe en varias empresas públicas”, señaló.









