La Asamblea Nacional aprobó una Ley de Inteligencia que permite a las autoridades interceptar comunicaciones sin orden judicial. Esta reforma otorga a policías y militares acceso inmediato a datos personales y tecnológicos de los ciudadanos.
El artículo 52 autoriza al director del CIES a ordenar la apertura de documentos y comunicaciones por motivos de “seguridad integral del Estado”. Esto elimina la obligación previa de justificar ante la Corte Nacional de Justicia tales acciones.
La ley también obliga a operadoras telefónicas a entregar datos en tiempo real y retrospectivos hasta por cinco años. No hay límites técnicos ni garantías claras sobre el uso de esta información, y los requerimientos pueden incluir la ubicación de celulares, registros de llamadas y datos de navegación.
Además, se establece que todos los documentos relacionados con gastos especiales serán incinerados por el Contralor. Ni siquiera futuros directores del CIES podrán auditar esos fondos, lo que deja en la sombra el uso de recursos públicos para operaciones encubiertas.
Expertos como el penalista Felipe Rodríguez señalan que el riesgo mayor no está en el texto legal, sino en su aplicación. El antecedente de abusos durante el correísmo, con figuras como Pablo Romero y Rommy Vallejo, refuerza estas preocupaciones.









