La Asamblea Nacional aprobó una Ley de Inteligencia que permite a las autoridades interceptar comunicaciones sin orden judicial. Esta reforma otorga a policías y militares acceso inmediato a datos personales y tecnológicos de los ciudadanos.
El artículo 52 autoriza al director del CIES a ordenar la apertura de documentos y comunicaciones por motivos de “seguridad integral del Estado”. Esto elimina la obligación previa de justificar ante la Corte Nacional de Justicia tales acciones.
La ley también obliga a operadoras telefónicas a entregar datos en tiempo real y retrospectivos hasta por cinco años. No hay límites técnicos ni garantías claras sobre el uso de esta información, y los requerimientos pueden incluir la ubicación de celulares, registros de llamadas y datos de navegación.











