La Argentina es el octavo país más grande del mundo y la mayor parte de su territorio es rural: lejos de pueblos y ciudades, vive mucha gente y está lleno de bienes dedicados a la actividad agropecuaria, base de la economía argentina.
El Código Penal casi no protege a esas personas ni bienes que están en el campo, a kilómetros de la protección policial, con caminos de tierra a veces ni podría llegar y peor: a los que a veces no se puede ni pedir auxilio por cortes de energía o falta de señal.
Parece exagerado, pero quienes trabajan en el campo, pasan bastante tiempo tan desprotegidos como hace 100 años, con un agravante: hasta 1950, la posibilidad de poseer y usar armas para defenderse era muy grande y ahora se ha acotado enormemente. Para peor hay fiscales y jueces que protegen mas al delincuente que a la víctima que se defendió.
Este panorama desolador es agravado por un Código Penal centenario, que dejó a los habitantes rurales librados a su propia defensa, con figuras penales leves o de mera contravención.
Distintas entidades agropecuarias trabajaron para darle visibilidad a este tema, como la Fundación Barbechando, que tuvo un rol fundamental impulsándolo en el Congreso hasta que avanzó en comisión y esperamos que apruebe para ese Código Penal un art. 150 bis, que sanciona el ingreso no autorizado a establecimientos rurales y un art. 184 bis, que agrava la penan por daños a bienes e infraestructuras agropecuarias.
Debemos actualizar un sistema legal está concebido para la vida urbana y no tiene en cuenta las limitaciones y debilidades de la realidad rural. Piénsese que el actual art. 150 se refiere a la casa y sus dependencias y exige proximidad física, olvidando que en el campo la actividad es lejos de las casas, en potreros, corrales y lotes de acopio.












