La Justicia previsional volvió a colocar en el centro de la escena el régimen de asignaciones de privilegio al ordenar que la Anses restituya a la expresidente Cristina Fernández de Kirchner una pensión millonaria que había sido eliminada tras su condena por corrupción. La decisión no solo reactiva el beneficio, sino que además dispone su pago con efecto retroactivo, lo que implica un desembolso inmediato de cifras extraordinarias.
Por dos votos contra uno, la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó un recurso extraordinario presentado por la Anses, luego de un fallo previo de febrero, y ratificó que el organismo deberá abonarle una prestación “varias veces millonaria” a la exmandataria, quien actualmente cumple prisión domiciliaria tras haber sido condenada en la causa Vialidad. En noviembre de 2024, último mes en que percibió el ingreso, el monto fue de casi $12,5 millones en mano. El fallo, firmado por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini, ordena además la restitución de todos los pagos no percibidos desde noviembre de 2024. Según estimaciones, esto podría traducirse en un cobro acumulado de entre $255 y $340 millones en un solo pago.

El conflicto se originó cuando en noviembre de 2024, el Gobierno de Javier Milei dispuso la baja de los beneficios previsionales que percibía CFK, tras la confirmación de su condena por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que la consideró “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
Ante esa decisión, la exfuncionaria inició un litigio y solicitó una medida cautelar para recuperar provisoriamente al menos uno de los beneficios: la pensión como viuda del expresidente Néstor Kirchner. En primera instancia, la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1, rechazó el pedido. Sin embargo, tras la apelación, los camaristas Russo y Fantini lo admitieron, argumentando el supuesto carácter “alimentario” del ingreso.
En su resolución de febrero, los magistrados sostuvieron que “corresponde otorgar prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada la actora”, agregando que la decisión administrativa “priva a la actora de ingresos de naturaleza alimentaria”.
Posteriormente, el Ministerio de Capital Humano, a través de la Anses, intentó llevar el caso a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario. No obstante, este fue rechazado nuevamente por Russo y Fantini, mientras que la jueza Nora Dorado votó en disidencia, respaldando la postura del Gobierno.
En su voto, Dorado advirtió sobre el impacto fiscal al señalar que la restitución “podría proyectar sobre el erario público” y que la decisión tenía implicancias en la “uniformidad interpretativa y previsibilidad del sistema”. Además, sostuvo que el recurso debía concederse “con efecto suspensivo”, es decir, sin que la Anses estuviera obligada a pagar mientras la Corte analizaba el caso.









