La medida toma relevancia en el contexto de la reciente resolución de la Corte Suprema de Justicia, que declaró la prescripción de la acción penal en el caso de Justo José Ilarraz, un ex sacerdote condenado en instancias anteriores a 25 años de prisión por abusar de seminaristas entre 1985 y 1993 en el Seminario Menor de Paraná, provincia de Entre Ríos.
El fallo del máximo tribunal, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que, si bien los hechos fueron aberrantes, no cumplen con los requisitos jurídicos para ser considerados delitos de lesa humanidad, condición que habilitaría su imprescriptibilidad.













