Atención Mendoza: una nueva medida amplía la vigencia de los carnets de conducir
La licencia de conducir en Mendoza extenderá su vigencia a 10 años para menores de 65.
Este martes, el Gobierno Provincial promulgó la ley 9587, que extiende la duración de las licencias de conducir a 10 años para conductores entre los 18 y 65 años.
Esta modificación duplica la vigencia anterior de cinco años, permitiendo que la próxima renovación para estos conductores sea mucho menos frecuente. La medida se publicará en el Boletín Oficial y entrará en vigor luego de completar la reglamentación en los próximos días.
Orlando Corvalán, director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, explicó que se espera que la ley esté en práctica hacia fines de noviembre, una vez que la reglamentación sea enviada a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) para actualizar el sistema informático de los centros de emisión en cada departamento de Mendoza.
Diferentes plazos según la edad del conductor
La ley introduce vigencias específicas según la franja etaria de cada conductor:
- 18 a 65 años: Licencia con vigencia de 10 años.
- 66 a 75 años: Licencia con duración de cinco años.
- 76 años en adelante: Licencia de tres años y sin necesidad de prueba de manejo para la renovación, salvo indicación médica o en caso de haber pasado más de un año desde el vencimiento.
Para conductores con historial de infracciones graves, como manejo bajo los efectos del alcohol, la vigencia máxima será de cinco años, independientemente de la edad.
Cómo afecta a quienes deben renovar su licencia próximamente
La nueva ley aplicará únicamente a licencias emitidas a partir de su entrada en vigencia, por lo que no se modifica la duración de las licencias actuales. Aquellos conductores cuyo carnet esté próximo a vencer deberán renovarlo bajo las condiciones actuales.
Requisitos para la renovación de la licencia de conducir
La normativa establece ciertos requisitos para la renovación, incluyendo:
- Plazo máximo de renovación: Se deberá renovar antes de que pase un año desde el vencimiento; de lo contrario, se tramitará como licencia nueva.
- Aranceles diferenciados: Para mayores de 65 años, el arancel de renovación será del 50%.
- Certificado de libre deuda: Es obligatorio presentar un certificado que indique la ausencia de infracciones pendientes.
- Declaración de salud: Se requerirá una declaración jurada de buena salud, especialmente en cuanto a condiciones cardiológicas, neurológicas, psicológicas o sensoriales que puedan afectar la conducción.
- Examen psicofísico: La ley mantiene la exigencia de un examen médico para verificar la aptitud física, visual, auditiva y psíquica del conductor.
Para la mayoría de los conductores, no será necesario realizar nuevamente la prueba de manejo al renovar su licencia, salvo indicación expresa de un médico.
Exención para choferes oficiales
El proyecto también establece que el personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que desempeñe funciones como chofer o motorista estará exento de los costos de renovación de sus licencias.
Cambios clave de la nueva ley
Las licencias de conducir tenían una vigencia de cinco años hasta los 65 años. A partir de esa edad, se debían renovar cada tres años hasta los 70, y anualmente después de esa edad, incluyendo una prueba de manejo en cada renovación.
Las licencias tendrán una vigencia de 10 años hasta los 65 años. Para quienes tienen entre 66 y 75 años, durarán cinco años. A partir de los 76 años, la licencia será válida por tres años, sin necesidad de prueba de manejo.
¿Cuándo entrará en vigencia la nueva reglamentación?
Si bien la ley ya está promulgada, se espera que la implementación práctica ocurra a fines de noviembre, luego de que la ANSV actualice los sistemas informáticos.
Esto permitirá que los centros de emisión en los distintos departamentos de la provincia puedan comenzar a emitir las licencias con las nuevas vigencias.
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