Nadie ignora que la presión fiscal argentina es una de las más altas del mundo y, para peor, retribuye con pocos, malos y a veces innecesarios servicios, a quienes lo sufrimos, o sea, el 100% de la población.
La epopeya del presidente Javier Milei contra ese robo permanente, es paradigmática y empieza a dar resultados, porque cada día más impuestos nacionales son suprimidos o comienzan a bajar, tendiendo a cero. Algo que se hace dentro de lo posible, ya que existen en paralelo muchas actividades que el Estado, o sea la gente, debe pagar, precisamente con impuestos.
Pero existen dos sectores de gravámenes que pasan políticamente desapercibidos pero pesan sobre la gente, los productores y los consumidores: por un lado los impuestos y tasas provinciales, que varían de lugar en lugar y alcanzan máximos disparatados. Y por otro, las tasas municipales.
Por iniciativa de la diputada Patricia Vásquez, desde LLA proponemos una Ley Marco, que aplicando las reglas establecidas por la Corte Suprema, nos proteja a los habitantes de la voracidad fiscal de muchas municipalidades que aún hoy inventan gravámenes inadmisibles, de montos disparatados, a veces sin ninguna contraprestación.
No se trata de invadir la autonomía municipal, sino de someterla a las Declaraciones, Derechos y Garantías que nos amparan a las personas. La autonomía municipal no es absoluta ni permite cualquier cosa, y por eso una Ley Marco es tan necesaria como constitucional por los arts. 5, 17, 28 y 31 de la Carta Magna.
En materia impositiva deben siempre, todos, respetarse el derecho de propiedad y los principios de legalidad, de razonabilidad de las cargas públicas y de no confiscatoriedad.
Es inadmisible que tan entrado el siglo XXI, muchos municipios sigan forzando a la gente a tener que litigar para defenderse de tributos inadmisibles.
Ya el mero hecho de exigir un pleito es una barrera de entrada que muchos no pasan, por los costos de abogados, los tiempos involucrados y los riesgos de sentencias adversas en las instancias inferiores, muchas veces sometidas al poder político de turno.
Mientras, esos municipios despilfarran ingresos literalmente confiscados a la gente, ya sea en obras innecesarias (como los cambios de luminarias repetidos hasta el hartazgo en ciertas localidades) o con sobreprecios escandalosos (en los “cordón-vereda”, por ejemplo).
Eso por no hablar de los servicios nunca prestados o, peor aún, de los servicios cobrados y no realizados, como el siempre pendientes mantenimiento y mejora de caminos viales, que para peor son un freno a la exportación de la producción agropecuaria que tanta riqueza trae al país.
No puede ocultarse que buena parte de esos excesos fiscales no solo carecen de justificación sino que se desvían a contratar mano de obra municipal innecesaria, con el único objetivo de fidelizar votos con esos sueldos o peor, con dádivas tanto en épocas electorales como durante todo el año.
Recordemos que la Constitución es clarísima: el derecho de propiedad no puede ser ni siquiera “alterado” por las leyes que lo reglamentan y, además, las autonomías municipales no son absolutas, y es así que los arts. 31 y 5 de la Constitución obligan a las provincias a que sus constituciones respeten a la nacional.
La Corte ha dicho muchas veces que ninguna autoridad local, con la excusa de ejercer facultades tributarias, puede desnaturalizar el derecho de propiedad, ni imponer cargas patrimoniales carentes de causa jurídica suficiente.
Lamentablemente, esas declaraciones no son suficientes y creemos que la Corte debe actuar con verdadera energía jurisdiccional, condenando a los municipios que violen estas reglas no solo a reponerlas sino a indemnizar con plenitud los daños causados y, además, a pagar un monto de castigo -daños punitivos- para que sean disuadidas de abusar de poderes que no tienen.
Porque NADA impide a la Corte imponer sanciones pecuniarias a los funcionarios públicos que desobedecen sus sentencias o violan frontalmente su jurisprudencia.
No olvidemos que cuando un municipio cobra una tasa sin contraprestación de un servicio real, concreto e individualizado no solo no está ejerciendo autonomía, sino que está violando la Constitución y está cometiendo un delito al robar, amparado en su imperium, dinero que pertenece a las personas. No es distinto a un simple policía que exigiese el pago de una multa, amenazando con su arma a un conductor.
La Ley Marco que propone la diputada Vásquez no invade facultades municipales, no las regula, no crea tasas, no fija alícuotas, ni establece bases imponibles.
El proyecto de Ley Vásquez sólo rescata y sostiene los principios constitucionales fundamentales de validez ya establecidos en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires desde hace varios años.
Es imposible que la Argentina crezca sin libertad, y la libertad es incompatible con una presión fiscal que quite a la gente su capacidad de producción, progreso y mejora constante.