La Cámara Nacional Electoral inhabilitó a Cristina Kirchner y no podrá votar

La Cámara Nacional Electoral inhabilitó a Cristina Kirchner y no podrá votar
Cristina Kirchner - Ex presidente de la Nación (corrupta condenada).
porRedacción
politica

El tribunal revocó la decisión de una jueza federal de Santa Cruz que había mantenido a la expresidenta en el padrón.


La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes excluir a Cristina Fernández de Kirchner del padrón electoral, al considerar que su condena en la causa Vialidad justifica la inhabilitación para ejercer el derecho al voto en las próximas elecciones legislativas de octubre.

El fallo revocó la decisión de la jueza federal de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien había ordenado mantener a la exvicepresidente como electora activa en el distrito de Santa Cruz pese a la sentencia condenatoria firme dictada por la Corte Suprema.

Los jueces de la CNE, Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, argumentaron que corresponde aplicar la pena accesoria de inhabilitación en casos vinculados a delitos de corrupción, lavado de activos, malversación de fondos públicos y defraudación contra la administración, entre otros.

Mariel Borruto - Jueza federal de Río Gallegos,
Mariel Borruto - Jueza federal de Río Gallegos,

“Desde esa comprensión, el Tribunal mantuvo siempre una posición respetuosa de las potestades del legislador para reglamentar el derecho de sufragio de las personas afectadas por las normas cuya inconstitucionalidad declaró”, sostuvieron en su resolución.

La condena contra Cristina Kirchner, confirmada por la Corte Suprema, es de seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio del Estado. Según el Código Penal y el Código Nacional Electoral, las penas de prisión superiores a tres años implican la suspensión de los derechos políticos.

El fallo de primera instancia había considerado que “privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal”, y citaba jurisprudencia de la propia Cámara Nacional Electoral, como el “Caso Zelaya”, que declaraba inconstitucional la aplicación automática de estas prohibiciones.

Sin embargo, la CNE destacó que en este caso “resulta factible que en ciertos casos el legislador pueda considerar justificada la aplicación de la pena accesoria de inhabilitación”. En esa línea, remarcó la gravedad de los delitos vinculados a la corrupción.

Cristina Kirchner, condenada por corrupción.
Cristina Kirchner, condenada por corrupción.

La jueza Borruto había fundamentado su decisión en que el derecho al sufragio integra el conjunto de derechos humanos reconocidos por instrumentos internacionales con jerarquía constitucional. “En virtud de lo expuesto, encuadrando la situación de la ciudadana de autos en los precedentes citados, es que corresponde en este caso, mantener su situación registral como electora activa”, había resuelto.

La Cámara, no obstante, aclaró que la prohibición no es automática, pero que los tribunales deben ponderar la naturaleza del delito cometido y las circunstancias del caso. En este sentido, concluyó que la condena por corrupción contra la exmandataria resulta incompatible con el ejercicio del derecho político de votar.

Con esta decisión, Cristina Kirchner no podrá participar en los próximos comicios legislativos, quedando firme su exclusión del padrón electoral de Santa Cruz.

La medida constituye un precedente significativo en materia de inhabilitación electoral en casos de corrupción, reforzando el criterio de la Cámara Nacional Electoral respecto a la aplicación restrictiva del derecho al sufragio en delitos que afectan la administración pública.


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