Se presentó un proyecto en Diputados que castiga con prisión a los bloqueen empresas
Actualmente está vigente el artículo de la Ley Bases que incorpora el bloqueo entre las causas justas de despido.
La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados se reunió este martes para discutir un proyecto de ley presentado por la diputada del PRO, Verónica Razzini, que tipifica como delito penal el "bloqueo" como protesta extorsiva contra las empresas.
La Cámara de Diputados analiza un proyecto que penaliza el bloqueo extorsivo en las empresas
La propuesta incluye penas de entre 6 meses y 3 años y 6 meses de prisión para "quien impidiere, estorbare o entorpeciere el acceso a un comercio, industria o establecimiento de cualquier tipo con el fin de obtener un beneficio para sí o para terceros o causar un perjuicio", y también sanciona al sindicato que fomente esta práctica.
Al mismo tiempo, se encuentra vigente el artículo de la Ley Bases que incorpora el bloqueo entre las causas de despido con justa causa, estipuladas en el artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo, para que un empresario pueda presentar una denuncia y gestionar la cesantía de un empleado que bloquea, sin pagar la indemnización, aunque dicha decisión deberá ser finalmente resuelta por un juez.
La experiencia personal de Razzini y el impulso al Movimiento Empresarial Anti Bloqueos
Razzini es propietaria de una pyme familiar en Rosario y en 2020 sufrió el bloqueo de sus dos sedes a manos del Sindicato de Camioneros de Santa Fe: la medida duró tres meses y durante ese tiempo ella y su familia enfrentaron amenazas, agresiones físicas, insultos, intimidaciones con armas de fuego y tuvo que irse para evitar agresiones.
Dos años después, recibió tres disparos en la fachada de su empresa antes del juicio oral en el que están imputados cuatro de los dirigentes que participaron del bloqueo. A partir de su experiencia, fundó el Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB) junto a otros empresarios de pymes y en 2023 fue elegida diputada.
Además, el proyecto de Razzini contempla que el sindicato, empresa u organización que promueva o facilite las acciones establecidas en el proyecto será objeto de las sanciones contempladas en el artículo 304 del Código Penal.
Finalmente, la iniciativa de la diputada estipula que, "una vez que se manifieste el bloqueo, la autoridad provincial o nacional más cercana deberá presentarse en el lugar, identificar a los participantes e intimarlos hasta dos veces a que se disuelvan o se retiren inmediatamente, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello".
"Si los participantes no se retiran de inmediato tras la segunda intimación, la autoridad hará uso de la fuerza para disolverlos -agrega-. La víctima podrá, además, solicitar como medida cautelar un perímetro de exclusión contra los participantes si se sospecha que podrían repetir la acción".
"Este evidente problema argentino, el de bloquear establecimientos (específicamente Pymes) se ha vuelto habitual por parte de los grandes sindicatos, proyectando efectos negativos tanto en los trabajadores como en los empresarios que allí laboran y se ven privados de su medio de subsistencia.", afirma Razzini.
"Además, también perjudican al conjunto de la comunidad, desincentivando la inversión y el empleo en Argentina", agrega.
Advierte, en ese sentido, que "la ausencia de cualquier tipo de sanciones legales refuerza la convicción de quienes cometen estas prácticas ilegítimas de que tienen impunidad para dañar a terceros, de que pueden imponer su voluntad mediante la fuerza".
Y agrega: "La violencia es el inaceptable medio por el cual estas organizaciones obtienen beneficios ante la inacción de las autoridades constitucionales".
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