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Río Cuarto: sobreseyeron por prescripción al último imputado en el caso Dalmasso

Río Cuarto: sobreseyeron por prescripción al último imputado en el caso Dalmasso
La Cámara Criminal de Río Cuarto dictó el sobreseimiento total de Roberto Marcos Barzola.
Imagen de Fernando Celías
porFernando Celías
Sociedad

La Justicia cerró la causa contra Roberto Barzola, a 19 años del crimen de Nora Dalmasso en Córdoba.

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La Cámara Criminal de Río Cuarto dictó el sobreseimiento total de Roberto Marcos Barzola. El acusado estaba imputado por abuso sexual seguido de muerte. El crimen de Nora Dalmasso ocurrió en noviembre de 2006 en su domicilio de barrio Villa Golf.

La Justicia declaró extinguida la acción penal por vencimiento de plazos procesales. El tribunal consideró que ya habían transcurrido casi 19 años desde el hecho. Según el Código Penal, la prescripción para este delito se cumple a los 15 años.

Barzola era el último acusado que quedaba formalmente en la causa. El sobreseimiento fue resuelto sin oposición del Ministerio Público. La resolución cierra una de las causas más resonantes de la provincia.

El crimen de Nora Dalmasso ocurrió en noviembre de 2006 en su domicilio de barrio Villa Golf.
El crimen de Nora Dalmasso ocurrió en noviembre de 2006 en su domicilio de barrio Villa Golf.

Los argumentos del fallo judicial

El fallo fue firmado por los jueces Pablo Bianchi, Carlos González Castellanos y María Victoria Cavagnaro. Los magistrados concluyeron que no hubo causales para suspender el curso del tiempo. Tampoco encontraron elementos que interrumpieran el plazo de prescripción.

Rechazaron que la investigación a los familiares de la víctima pudiera justificar la demora. La querella había señalado la imposibilidad de actuar del esposo e hijo de Dalmasso. Para los jueces, esto no representó un “obstáculo legal insuperable”.

La Cámara remarcó que la Fiscalía siempre tuvo la capacidad de avanzar. En ningún momento el Ministerio Público quedó impedido de investigar. Por eso, no correspondía aplicar excepción alguna al paso del tiempo.

 La querella había señalado la imposibilidad de actuar del esposo e hijo de Dalmasso.
La querella había señalado la imposibilidad de actuar del esposo e hijo de Dalmasso.

No se consideró delito imprescriptible

La querella intentó declarar el crimen como imprescriptible por tratarse de violencia de género. Basaron su planteo en normas internacionales sobre derechos humanos. Alegaron que el hecho debía equipararse a delitos de lesa humanidad.

La Cámara desestimó de forma unánime ese pedido. Sostuvo que no se encuadraba dentro de los delitos que el derecho internacional considera imprescriptibles. Agregó que no se trató de un caso vinculado al terrorismo de Estado.

El tribunal reconoció la gravedad del hecho, pero señaló los límites de la ley. Indicó que ningún órgano puede extender el alcance legal de modo arbitrario. La decisión se basó en la letra vigente del Código Penal argentino.

La Cámara remarcó que la Fiscalía siempre tuvo la capacidad de avanzar.
La Cámara remarcó que la Fiscalía siempre tuvo la capacidad de avanzar.


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