Las fronteras abiertas también violan la propiedad privada

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porJuan Gabriel Flores
Opinión

La libertad de circular termina donde comienza el derecho de otro a decidir quién entra, quién permanece y quién paga los costos.

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Una puerta abierta puede ser una expresión de generosidad, pero sólo cuando quien la abre es también dueño de la casa. Si un tercero decide abrirla, invita desconocidos y obliga al propietario a asumir las consecuencias, ya no estamos hablando de hospitalidad. La diferencia entre libertad e imposición no está en que la puerta permanezca abierta o cerrada, sino en quién tiene derecho a decidirlo.

El Gobierno de Javier Milei avanzó en junio con el Programa de Seguridad Migratoria y creó unidades especializadas dentro de Gendarmería, Policía Federal, Prefectura y Policía de Seguridad Aeroportuaria. La Resolución 551/2026 busca reforzar controles, coordinar las fuerzas con Migraciones y prevenir delitos vinculados con movimientos migratorios irregulares. No creó una nueva fuerza independiente, sino funciones específicas dentro de las existentes.

La medida reabre una vieja discusión que suele plantearse equivocadamente como una elección entre xenofobia y fronteras abiertas. El verdadero problema no es cuánto debe circular una persona, sino quién tiene derecho a decidir sobre el acceso a un espacio y quién debe soportar las consecuencias de esa decisión.

En una sociedad basada íntegramente en la propiedad privada, la cuestión sería mucho menos abstracta. No existiría una frontera nacional administrada como propiedad colectiva, sino casas, empresas, caminos, barrios, clubes y comunidades con propietarios identificables. Cada uno establecería las condiciones de acceso a su propiedad, del mismo modo que hoy decide quién puede entrar a su vivienda.

No existiría entonces una política migratoria uniforme porque tampoco existiría un único propietario capaz de imponerla. Una empresa podría contratar trabajadores extranjeros. Un barrio privado podría establecer determinadas condiciones de ingreso. Otro podría adoptar reglas diferentes. La movilidad surgiría de millones de acuerdos voluntarios entre quienes desean entrar y quienes desean recibir.

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El problema cambia cuando aparece el Estado de bienestar. Quien cruza una frontera ya no ingresa únicamente en relaciones privadas voluntarias. Puede acceder a calles, hospitales, escuelas, subsidios y servicios financiados coercitivamente por terceros. En esas condiciones, proclamar “fronteras abiertas” no equivale simplemente a defender la libertad de movimiento. También puede significar conceder acceso a recursos cuyos financiadores nunca fueron consultados.

Por eso resulta insuficiente afirmar que toda restricción migratoria contradice necesariamente la libertad. El derecho a desplazarse no incluye un derecho automático a utilizar propiedad ajena. Nadie posee libertad para entrar en una casa porque quiera vivir allí, ni para instalarse en un club porque valore sus instalaciones. La libertad de movimiento y el derecho de admisión no son enemigos, sino consecuencias del mismo principio de propiedad.

El endurecimiento migratorio del Gobierno debe interpretarse dentro de esa contradicción institucional. Mientras existan espacios, servicios y prestaciones administrados colectivamente, alguien decidirá las condiciones para acceder a ellos. La Resolución 551 ordena parte de ese control y asigna funciones específicas a las fuerzas federales, incluyendo prevención, detección e investigación de ilícitos migratorios.

El Gobierno informó además 14.000 casos durante el primer semestre vinculados con extranjeros impedidos de ingresar, irregulares, personas con antecedentes u otras situaciones migratorias. Conviene precisar que esa cifra reúne categorías diferentes y no equivale a 14.000 delincuentes expulsados después de cometer delitos en Argentina. La defensa de controles migratorios no necesita exageraciones para sostenerse.

La discusión relevante tampoco debería depender de la nacionalidad. Un extranjero pacífico que trabaja, contrata una vivienda y mantiene relaciones voluntarias no viola derechos por haber nacido al otro lado de una frontera. Del mismo modo, ningún individuo adquiere por migrar un derecho sobre los recursos de terceros. El criterio coherente no es el pasaporte, sino el consentimiento.

Esto permite escapar de dos errores simétricos. Uno consiste en imaginar que todo extranjero representa una amenaza. El otro, en sostener que cualquier limitación al ingreso constituye una agresión contra la libertad. Ambos olvidan la pregunta fundamental sobre la que debería organizarse una sociedad libre: quién decide sobre aquello que legítimamente le pertenece.

La frontera verdaderamente compatible con la libertad no separa argentinos de extranjeros. Separa lo propio de lo ajeno. El día en que cada persona pueda decidir sobre su propiedad y asumir los costos de sus decisiones, la inmigración dejará de ser una batalla por controlar una puerta colectiva. Habrá millones de puertas, y cada una tendrá algo que hoy la política suele olvidar: un dueño.


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