En menos de dos años, la gestión de Javier Milei puso en marcha tres regímenes destinados a promover inversiones que abarcan prácticamente todo el entramado empresarial: desde una pyme interesada en modernizar sus equipos hasta una compañía tecnológica global que analiza instalar en el país un centro de semiconductores. Cada instrumento responde a una escala, una lógica y un conjunto de ventajas propios.
Mediante el RIGI, el RIMI y la iniciativa del Súper RIGI, la Argentina procura ordenar un esquema gradual de estímulos según la dimensión del inversor: proyectos de gran porte a partir de USD 200 millones, inversiones medianas de pymes desde USD 150.000 y nuevas industrias con un piso de USD 1.000 millones. La arquitectura reúne beneficios fiscales, condiciones de adhesión y, para el RIGI, previsibilidad regulatoria durante 30 años.
La adopción de estos regímenes se produjo luego de décadas de intervencionismo que consolidaron un escenario adverso para el capital privado: derechos de exportación, controles cambiarios que dificultaban remitir utilidades o conseguir divisas, una elevada carga impositiva y una inestabilidad regulatoria que convirtió en habitual la modificación de las reglas durante el partido.
Tras décadas de intervencionismo, la Argentina debió revertir un contexto poco favorable para la inversión privada
Mientras otras naciones atrajeron proyectos de magnitud en energía, minería, tecnología e infraestructura, la Argentina mantuvo un marco que desalientó la colocación de capital a largo plazo debido a la volatilidad normativa, la intervención estatal y la pérdida de confianza en el cumplimiento de los contratos.
Sobre ese escenario comenzó a edificarse, desde 2024, el sistema de incentivos impulsado por el gobierno nacional.
Estos tres instrumentos no se superponen, sino que funcionan de manera complementaria. Cada uno atiende a una franja diferente del universo inversor y, en conjunto, conforman una estructura escalonada por monto y actividad: desde la pequeña empresa que actualiza su equipamiento hasta el capital internacional que estudia instalar una industria todavía inexistente en el país.
RIGI: Inversiones de gran escala en áreas estratégicas
La primera pieza fue el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), instituido por la Ley 27.742 —la Ley de Bases—, aprobada en julio de 2024 y reglamentada mediante el Decreto 749/2024. El régimen se orientó a iniciativas con un desembolso mínimo de USD 200 millones en ocho rubros: forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, y petróleo y gas. Incluye beneficios tributarios, aduaneros y cambiarios, junto con estabilidad normativa por 30 años.
El ingreso al régimen exige al menos USD 200 millones por proyecto y la ejecución de un mínimo del 40% durante los dos primeros años
Para ingresar se requiere una inversión mínima de USD 200 millones por proyecto y concretar, como mínimo, el 40% dentro de los dos primeros años. A su vez, cada iniciativa debe organizarse mediante una sociedad independiente, constituida únicamente para ese objetivo y separada de los demás negocios del inversor: el Vehículo de Proyecto Único (VPU).
Los VPU tienen que destinar por lo menos el 20% de la inversión total a pagos a proveedores locales. El período para pedir la adhesión finalizaba en julio de 2026, aunque fue extendido por un año. El interesado debe elevar un plan a la Autoridad de Aplicación, que dispone de 90 días hábiles para evaluarlo y resolver su aprobación o rechazo.
Un conjunto de beneficios de amplio alcance
En el frente impositivo, los VPU quedan alcanzados en Ganancias por una tasa fija del 25%, 10 puntos inferior a la del sistema general. También pueden aplicar amortización acelerada: los bienes muebles se computan en no menos de dos cuotas anuales, mientras que las obras de infraestructura utilizan una vida útil reducida al 60%.
El esquema autoriza, además, la deducción de quebrantos sin vencimiento, en contraste con el régimen común, que solo permite trasladarlos durante cinco años. Para proyectos con etapas extensas de construcción y puesta en funcionamiento, esa limitación resulta especialmente perjudicial, ya que las pérdidas pueden acumularse más allá de ese período.
El RIGI permite utilizar Certificados de Crédito Fiscal de IVA para no mantener capital inmovilizado mientras se construye el proyecto
En los primeros cinco años contados desde la adhesión, los VPU podrán deducir intereses sin tope, porque el RIGI dejó sin efecto las restricciones aplicables en el régimen general. En cuanto a los dividendos, la alícuota es del 7% durante los siete años iniciales y se reduce al 3,5% desde el séptimo año.
Respecto del IVA, el RIGI admite Certificados de Crédito Fiscal que evitan retener fondos durante la etapa de construcción. Asimismo, el 100% del Impuesto sobre los Débitos y Créditos bancarios pagado puede computarse como crédito contra el Impuesto a las Ganancias.
En el ámbito aduanero, no pagan derechos de importación los bienes incorporados como activos del emprendimiento. Las ventas al exterior quedan exentas de retenciones desde el tercer año posterior a la adhesión; para los Proyectos de Exportación Estratégica de Largo Plazo (Peelp), el beneficio comienza en el segundo año.
La adhesión expresa de cada provincia es necesaria para que los proyectos radicados en su territorio reciban estas ventajas
En el plano cambiario, los ingresos por exportaciones adquieren libre disponibilidad de manera gradual: 20% en el segundo año, 40% en el tercero y 100% en el cuarto, computados desde la puesta en marcha del VPU. Para los Peelp —iniciativas de al menos USD 1.000 millones por etapa y con un mínimo del 70% de su producción destinada al exterior— el cronograma se adelanta: 20% en el primer año, 40% en el segundo y 100% en el tercero, además de la eliminación de retenciones a partir del segundo año.
Desde el inicio, los aportes de capital y los financiamientos no están obligados a ingresar ni liquidarse en el mercado de cambios. Por eso, el inversor puede conservar esos recursos en la moneda y en la jurisdicción que prefiera.
El régimen incorpora tres resguardos fundamentales:
Previsibilidad normativa: durante 30 años no podrán alterarse en perjuicio del proyecto las disposiciones tributarias, aduaneras y cambiarias vigentes al momento de la adhesión.
Los beneficios otorgados adquieren la condición de derecho adquirido, equiparable al derecho de propiedad.
Mecanismo de solución de controversias: ante un conflicto, el VPU puede acudir al arbitraje internacional de la Corte Permanente de Arbitraje, la Cámara de Comercio Internacional o el Ciadi.
Para que una inversión emplazada en una provincia obtenga estos beneficios, esa jurisdicción debe incorporarse de forma explícita al régimen; hasta el momento, 19 provincias lo hicieron.
RIMI: incentivos para micro, pequeñas y medianas firmas
El sistema sumó un nuevo escalón en febrero de 2026, con la aprobación de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que dio origen al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). Su funcionamiento pleno comenzó en mayo de 2026, cuando la Resolución Conjunta 5849/2026 de ARCA y las Secretarías de Agricultura y Energía fijó las pautas de acceso y aplicación.
El RIMI abarca todas las actividades económicas, aunque solo pueden utilizarlo las micro, pequeñas y medianas empresas
Mientras el RIGI se circunscribe a ocho sectores, el RIMI comprende cualquier actividad económica, pero está reservado a micro, pequeñas y medianas empresas. Tampoco obliga a formar un VPU: cada compañía puede adherir con su estructura jurídica existente, sin constituir una sociedad aparte.
Los pisos de inversión varían según el tamaño de la empresa: USD 150.000 para las micro, USD 600.000 para las pequeñas, USD 3,5 millones para las medianas Tramo 1 y USD 9 millones para las medianas Tramo 2. Algunas inversiones agropecuarias —riego, mallas antigranizo y semovientes—, al igual que los bienes de elevada eficiencia energética, están exceptuadas de un monto mínimo.
Las inversiones deben realizarse dentro de los dos años posteriores a la entrada en vigencia. Sus ventajas son más limitadas que las previstas por el RIGI y no contemplan estabilidad normativa por 30 años, un tratamiento cambiario diferenciado ni acceso al arbitraje internacional.
En el Impuesto a las Ganancias, el RIMI establece amortización acelerada: los bienes muebles nuevos —con excepción de los automóviles— se amortizan en dos cuotas anuales, iguales y consecutivas, y las obras productivas aplican una vida útil reducida al 60%. Para equipos y sistemas de riego agrícola, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y semovientes, la deducción se efectúa en una única cuota.
En materia de IVA, habilita la recuperación anticipada del crédito fiscal: el impuesto abonado por las inversiones puede pedirse en devolución una vez cumplidos tres meses desde su cómputo, sin necesidad de aguardar a que la obra termine o comience a operar.
SUPER RIGI: industrias nuevas y desarrollos en etapa experimental
La tercera propuesta es también la de mayor alcance. En mayo de 2026, el Poder Ejecutivo envió al Congreso el proyecto que crea el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias, conocido como “Súper RIGI”, y la iniciativa obtuvo dictamen en Diputados el 17 de junio.
El Súper RIGI fue concebido como un instrumento independiente, pero complementario del RIGI. Se dirige a inversiones en “nuevas actividades económicas”: emprendimientos industriales, tecnológicos o de servicios relacionados con infraestructura tecnológica y digital estratégica que aún no exista en la Argentina o que se encuentre en una fase experimental o piloto.
Siete robots humanoides blancos ocupan una mesa circular de estética futurista, alrededor de un documento holográfico, con emojis suspendidos. En las pantallas se observan cerebros y datos moleculares.
El Súper RIGI apunta a iniciativas industriales, tecnológicas o de servicios ligadas a infraestructura digital y tecnológica estratégica todavía inexistente o incipiente en el país
El requisito de inversión se fijó en USD 1.000 millones por proyecto, con la obligación de desembolsar al menos el 20% durante los primeros dos años. La adhesión podrá solicitarse por cinco años desde la reglamentación, con posibilidad de extender ese período un año adicional.
En materia de estímulos, el Súper RIGI amplía las ventajas previstas por el RIGI. La tasa de Ganancias se reduce al 15%, 10 puntos menos que en el RIGI y 20 por debajo del régimen general. Los dividendos quedan gravados al 7% durante los cuatro primeros años y al 3,5% desde el quinto.
Las exportaciones quedan exentas del pago de derechos desde el primer día, sin los tres años de espera contemplados por el RIGI. En seguridad social, se establece una alícuota uniforme del 10% para las contribuciones patronales de las nuevas relaciones laborales, beneficio que el RIGI no incluyó al remitir al régimen general de la Ley 27.541.
La disponibilidad de las divisas provenientes de exportaciones adopta el cronograma rápido reservado en el RIGI a los Peelp: 20% en el primer año, 40% en el segundo y 100% en el tercero desde la primera exportación
La iniciativa prevé quebrantos sin plazo de caducidad, ajustables por IPC y transferibles a terceros después de cinco años cuando no hayan sido absorbidos. También incorpora Certificados de Crédito Fiscal por el IVA correspondiente a inversiones en activos computables.
Las provincias que se incorporen deberán asumir obligaciones fiscales: limitar Ingresos Brutos al 0,50%, eliminar el Impuesto de Sellos y desistir de regalías y cánones
La adhesión provincial implica topes y renuncias tributarias, entre ellas una alícuota máxima de Ingresos Brutos del 0,50%, la eliminación de Sellos y la supresión de regalías y cánones
La estabilidad regulatoria se asegura por 30 años y también alcanza a la seguridad social. A su vez, las provincias adherentes deberán aceptar compromisos fiscales: una alícuota de Ingresos Brutos que no exceda el 0,50%, la eliminación del Impuesto de Sellos y la renuncia al cobro de regalías y cánones.
Iniciativas presentadas y alcance territorial
A casi dos años de su aprobación, el RIGI reunió 41 proyectos en energía, petróleo y gas, minería, siderurgia e infraestructura. En conjunto, representan compromisos de inversión por USD 140.929 millones y proyectan la creación de alrededor de 195.000 puestos de trabajo.
Del total, 16 iniciativas recibieron aprobación, con desembolsos por USD 29.892 millones y una estimación de 54.495 empleos. Las otras 25 continuaban bajo análisis y acumulaban pedidos por USD 111.037 millones adicionales.
Los proyectos aprobados se concentraron territorialmente en jurisdicciones con recursos estratégicos, infraestructura disponible y adhesión al régimen:
Río Negro se consolidó como uno de los focos principales, a partir de inversiones ligadas a Vaca Muerta, al transporte de hidrocarburos y al gas natural licuado.
San Juan, Salta, Catamarca y Jujuy concentraron emprendimientos mineros relacionados con cobre, oro, plata y litio.
· Mendoza, con desarrollos mineros y proyectos de energías renovables.
· Buenos Aires, con capitales dirigidos a la siderurgia y a la generación eólica.
· Santa Fe, con obras de infraestructura vinculadas a sus puertos.
· La Pampa, incluida a través de la ampliación del Gasoducto Perito Moreno.
· La situación de La Pampa requiere un análisis específico
Pese a que la provincia no se incorporó formalmente al RIGI, la ampliación del Gasoducto Perito Moreno consiguió la aprobación por ser una obra energética interjurisdiccional orientada a incrementar la capacidad de traslado de gas desde Vaca Muerta hacia los mayores centros de consumo.
La excepción no modifica la cuestión de fondo: las provincias adheridas sumaron previsibilidad y respaldo local a su oferta, mientras que las que decidieron mantenerse fuera renunciaron a una herramienta competitiva para captar inversiones de gran volumen.
Desde esa perspectiva, La Pampa no quedó relegada por carecer de condiciones, sino como consecuencia de una definición política. La provincia forma parte de corredores energéticos estratégicos, posee una localización territorial relevante y contaba con posibilidades de atraer proyectos de infraestructura, energía, logística y agregado de valor.
Sin embargo, mientras otras jurisdicciones intentaron ganar espacio en el nuevo escenario inversor, La Pampa adoptó una posición defensiva ante el RIGI y se expuso a convertirse en una zona de tránsito, en lugar de consolidarse como destino para la instalación de actividad productiva.