La Honorable Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley que reorganiza cuatro aspectos centrales del sistema energético argentino: el régimen de subsidios al gas en zonas frías, la deuda acumulada en el mercado eléctrico mayorista, los incentivos al sector hidrocarburífero y la franquicia impositiva destinada a las energías renovables.
La propuesta busca que las tarifas se acerquen a los costos reales y que el Régimen de Zona Fría vuelva a un esquema más preciso: continuidad automática en las áreas históricamente reconocidas por frío extremo y focalización por vulnerabilidad socioeconómica en el resto del territorio. Al mismo tiempo, plantea regularizar la deuda con Cammesa, eliminar incentivos hidrocarburíferos que ya perdieron sentido en el contexto actual y extender los beneficios fiscales para renovables hasta 2045.
Una regla básica de la economía indica que, cuando un subsidio se vuelve universal, deja de cumplir una función social y termina convertido en un privilegio fiscal difícil de sostener. La ampliación del Régimen de Zona Fría en 2021 es un ejemplo claro: terminó subsidiando el consumo de calefacción de hogares de ingresos altos en zonas templadas y profundizó un déficit fiscal que termina siendo financiado por todos los argentinos. El proyecto de ordenamiento integral del sistema energético pone en discusión un tema incómodo, pero indispensable.
Al plantear tarifas vinculadas a costos reales y rediseñar la Zona Fría con un doble criterio —geografía estricta para el sur y vulnerabilidad socioeconómica para el resto—, la ley apunta a que el Estado gaste menos y asigne mejor los recursos. La nueva norma mantiene el subsidio en las zonas frías históricas, como la Patagonia, Malargüe y la Puna, y aplica un filtro más exigente de vulnerabilidad en las demás regiones del país.

Junto con el saneamiento de las deudas de las distribuidoras con Cammesa y señales más claras para la inversión y las energías renovables, el texto normativo apunta a resolver una carencia que el sector energético arrastra desde hace años: reglas claras, previsibilidad hasta 2045 y criterios estables para la asignación de subsidios.
El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley para modificar el actual esquema de subsidios y regulación energética, organizado en cuatro ejes: la readecuación del régimen de subsidios al consumo de gas en zonas frías, la regularización de la deuda histórica del Mercado Eléctrico Mayorista, la extensión de la franquicia impositiva para las energías renovables y la derogación de dos regímenes de incentivo al sector hidrocarburífero.
Los cuatro puntos responden a una misma lógica: sustituir herramientas pensadas para situaciones de emergencia por reglas capaces de funcionar en condiciones de normalidad.
Primer eje: subsidio al consumo de gas y Zona Fría
En la actualidad, alrededor de 4,3 millones de usuarios de gas en el país reciben algún tipo de subsidio sobre su consumo. De ese total, cerca de 900.000 hogares pertenecen a la zona históricamente considerada de frío extremo: la Región Patagónica, el departamento de Malargüe en Mendoza y la región de la Puna. Allí, el beneficio se otorga de manera automática, sin importar el nivel de ingresos.
Los más de 3 millones de usuarios restantes fueron incorporados en 2021 por medio de la Ley 27.637, que amplió la cobertura a regiones con condiciones climáticas menos severas. En esas zonas, el subsidio alcanza hoy a hogares que acrediten ingresos inferiores a tres Canastas Básicas Totales para una familia tipo, mediante el registro del Subsidio Energético Focalizado, entre otros requisitos.
El régimen tiene su origen en la etapa en la que Gas del Estado prestaba el servicio de distribución. En aquel momento, el Estado fijaba tarifas diferenciales para las regiones más frías del país y las financiaba directamente con recursos del Tesoro. Tras la privatización del servicio en los años noventa, y con el Estado fuera del rol de prestador, ese mecanismo quedó desactualizado.
En 2002, en el marco de la Ley de Emergencia Pública, la pesificación y el congelamiento tarifario, el artículo 75 de la Ley 25.565 creó el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, conocido como Fondo Patagónico. Ese esquema reemplazó el financiamiento directo del Tesoro por un recargo sobre el precio del gas que pagan todos los usuarios del país, sin distinción de ubicación geográfica ni nivel de ingresos. En ese momento, el subsidio todavía conservaba una justificación climática y territorial concreta.
En 2021, la Ley 27.637, sancionada durante la presidencia de Alberto Fernández, extendió el beneficio a regiones que no tenían condiciones climáticas equivalentes a las de la zona núcleo original. Lo que hasta entonces era un régimen limitado a la Patagonia, Malargüe y la Puna pasó a abarcar automáticamente subzonas bioambientales definidas por la norma IRAM 11603 y adoptadas por Enargas como criterio de zonificación: subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI. El nuevo mapa incorporó sectores del sur bonaerense, áreas del centro del país y otras regiones que, si bien son más frías que el norte excluido del beneficio, no enfrentan las condiciones extremas que justificaron el régimen original.














