Cuando la edad reduce las consecuencias de delinquir, el crimen organizado encuentra una ventaja para explotar.
Toda regla produce algo más que aquello que declara. También modifica conductas. Cuando una sociedad premia una acción, obtiene más de ella; cuando aumenta su costo, obtiene menos. El derecho no vive fuera de esa lógica. Cada norma altera el mapa de consecuencias dentro del cual millones de personas deciden qué hacer, qué evitar y hasta dónde arriesgarse.
Esa dimensión quedó nuevamente expuesta en la provincia de Buenos Aires. La jueza Marta Elba Pascual suspendió por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil, que redujo de 16 a 14 años la edad a partir de la cual pueden existir consecuencias penales dentro de un régimen específico para adolescentes. La magistrada invocó el riesgo de colapso de los institutos bonaerenses y la necesidad de evitar eventuales vulneraciones de derechos.
La discusión suele presentarse como un conflicto entre dos sensibilidades: quienes quieren castigar y quienes quieren proteger a los menores. Ese encuadre es insuficiente. La cuestión central no es cuánto castigo desea una sociedad, sino qué comportamiento incentiva cuando separa radicalmente una conducta de sus consecuencias.
Una persona de catorce años no posee necesariamente la madurez de un adulto. El derecho puede reconocer esa diferencia mediante penas, procedimientos y condiciones específicas. Pero de allí no se desprende que deba considerar jurídicamente irrelevante su capacidad para comprender que matar, robar o ejercer violencia produce un daño sobre otra persona.
La responsabilidad cumple entonces una función anterior al castigo. Enseña que las decisiones tienen consecuencias. Esa conexión constituye una de las instituciones más elementales de cualquier orden social. Existe en la familia, en los contratos, en la escuela, en el trabajo y en prácticamente toda interacción humana.
Cuando el derecho rompe esa conexión de manera absoluta, aparece un problema adicional. Si dos personas pueden cometer el mismo acto pero enfrentan costos radicalmente diferentes por una característica conocida de antemano, el sistema introduce una oportunidad. El delito también responde a incentivos. Una menor consecuencia esperada puede convertir al menor no solamente en alguien protegido por la norma, sino en alguien funcionalmente más conveniente para cometer determinados delitos.
No hace falta suponer que todos los adolescentes calcularán racionalmente una pena antes de actuar. Los incentivos no requieren que cada individuo conozca el Código Penal. Basta con que quienes organizan actividades delictivas perciban qué conductas enfrentan menores riesgos. Allí donde existe una diferencia sistemática de costos, existe también la posibilidad de explotación de esa diferencia.
El caso de Kim Gómez mostró crudamente la dimensión moral del problema. La niña de siete años murió en 2025 después de que dos adolescentes robaran el automóvil en el que se encontraba; uno de ellos tenía 14 años y resultó inimputable bajo el régimen anterior. La tragedia no demuestra por sí sola cuál debe ser cada pena, pero sí obliga a recordar que proteger al victimario potencial nunca puede significar volver invisible a la víctima real.
La decisión judicial bonaerense agrega otra paradoja. El argumento es que el sistema provincial podría no estar preparado para recibir a más jóvenes alcanzados por el nuevo régimen. Pero la incapacidad administrativa tiene una consecuencia peligrosa cuando se convierte en fundamento para suspender la responsabilidad. Si el Estado administra mal sus instituciones, el costo de esa ineficiencia termina trasladándose a quienes pueden sufrir el delito.
Una sociedad seria puede discutir qué penas corresponden a cada edad, cómo debe producirse la reinserción y qué condiciones deben reunir los centros juveniles. Lo que no debería hacer es confundir compasión con ausencia de consecuencias. La primera reconoce diferencias humanas. La segunda altera los incentivos que ordenan la convivencia.
La libertad sólo puede existir donde cada persona responde por el daño que causa a otra. Una sociedad que desvincula sistemáticamente acción y responsabilidad no se vuelve más humana. Simplemente cambia quién soporta el costo.
Porque el verdadero límite de cualquier política de protección aparece cuando, intentando evitarle consecuencias a quien agrede, termina transfiriéndoselas a quien nunca eligió ser víctima. Una justicia que olvida los incentivos puede terminar protegiendo exactamente aquello que pretendía evitar.