Existe una paradoja que el Uruguay democrático nunca terminó de procesar del todo, quizás porque procesarla implica incomodidades que ninguno de los grandes partidos ha estado dispuesto a asumir con honestidad. La paradoja es la siguiente: el mismo Estado que fue atacado, saboteado y desafiado con bombas, secuestros y asesinatos por el Movimiento de Liberación Nacional entre 1963 y 1972, terminó convirtiéndose, décadas después, en el principal empleador, financiador y sostén económico de sus protagonistas. No mediante la reconciliación silenciosa y natural que el tiempo produce en los pueblos, sino mediante una ley, un decreto, una burocracia y una canilla de dinero público que todavía no ha sido cerrada.
La Ley 18.033, aprobada en 2006 durante el primer gobierno del Frente Amplio, estableció una Pensión Especial Reparatoria para quienes estuvieron privados de libertad entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985. El argumento era la reparación a víctimas de la dictadura. La realidad, que los datos del Banco de Previsión Social confirman sin margen de ambigüedad, es que una proporción considerable de los beneficiarios no fueron víctimas de la dictadura en el sentido histórico convencional del término: fueron integrantes de organizaciones armadas que atacaron primero, durante años, a una democracia que funcionaba, y que luego fueron detenidos en el marco de ese conflicto que ellos mismos iniciaron.
Tres años después, la Ley 18.596 amplió el paraguas. Y al hacerlo, cometió lo que el periodista e historiador Álvaro Alfonso —autor de más de diecisiete libros sobre la historia reciente del Uruguay, entre ellos Operación Verdad y La intriga de los derechos humanos— describió como una reescritura fraudulenta de la cronología nacional.
La ley 18.596 tiene dos facetas: las reparaciones a quienes no accedieron a la ley 18.033, y pegarle una puñalada a la historia nacional. Se induce a través de su artículo 2 a manifestar que la dictadura se instaló el 13 de junio de 1968, cuando el presidente constitucional Pacheco Areco aplicó medidas prontas de seguridad que están insertas en la Constitución. Ese gobierno ilegítimo de Pacheco Areco convocó a elecciones libres en 1971. Este acto legislativo es la mancha mentirosa de nuestra historia.
— Álvaro Alfonso, entrevista con Infobae, noviembre de 2023
La observación de Alfonso no es menor. Al retrotraer el inicio de la "represión estatal" a 1968, bajo un gobierno democrático y constitucional, la ley abre la puerta a que quienes atacaron esa democracia antes del golpe —tupamaros que operaban desde 1963, militantes del brazo armado del Partido Comunista— queden amparados bajo el paraguas de las víctimas. Es un salto lógico que la arquitectura legal uruguaya nunca tuvo el pudor de reconocer como lo que es: una decisión política disfrazada de reparación histórica.
"Al retrotraer el inicio de la represión a 1968, la ley permite que quienes atacaron la democracia antes del golpe queden amparados como sus víctimas."
Los números son los que son y conviene presentarlos sin eufemismos. El monto mensual de la pensión especial reparatoria equivale a 8,5 Bases de Prestaciones y Contribuciones, unos 52.500 pesos uruguayos al valor actual, aproximadamente 1.300 dólares por mes. En 2016, el BPS pagaba esa prestación a unas 5.700 personas, con un egreso anual de alrededor de 60 millones de dólares, sufragados íntegramente con Rentas Generales. Alfonso, investigando el mismo sistema para Operación Verdad, registró que en 2020 —con casi diez meses de pandemia de por medio— se abonaron más de 32 millones de dólares, y que en algún punto del proceso llegaron a presentarse unas 9.000 personas para acceder a la prestación, con más de 4.000 casos todavía en estudio. En 2023, el número de beneficiarios activos se había reducido a 3.101, por fallecimiento natural de los titulares originales, con un egreso anual de 51,6 millones de dólares.
LOS DATOS DEL BPS
2016 — 5.700 beneficiarios — US$ 60 millones anuales
2020 — más de US$ 32 millones (10 meses, pandemia) — fuente: Alfonso, Operación Verdad
2023 — 3.101 beneficiarios — US$ 51,6 millones anuales
Total estimado acumulado 2007–2024 — entre US$ 750 y US$ 850 millones
Solicitantes en algún momento del proceso — 9.000 personas, con más de 4.000 casos aún pendientes
Si se reconstruye la curva de gasto desde 2007, cuando el sistema comenzó a operar, hasta 2024, la estimación más conservadora da un total acumulado de entre 750 y 850 millones de dólares. La cifra más probable ronda los 800 millones en dieciséis años. Para que esa magnitud tenga contexto: es más del doble del presupuesto anual del Ministerio de Defensa Nacional de Uruguay en un año típico. Es una cifra que no existía en el debate público con esa precisión, porque el BPS no desglosa históricamente este rubro en series accesibles y los únicos datos puntuales surgieron de pedidos parlamentarios y del trabajo de periodistas como Alfonso que tuvieron la paciencia de buscarlos.
La ley tiene además un mecanismo de transmisión generacional que pocos llaman por su nombre. Cuando un titular fallece, la pensión se transfiere al cónyuge, al concubino o a los hijos mayores declarados incapaces. Esto significa que el compromiso fiscal no cierra con la muerte del guerrillero: se extiende, en algunos casos, por décadas adicionales. Un decreto de Tabaré Vázquez firmado en febrero de 2020, días antes de dejar el cargo, estableció que las pensiones por sobrevivencia generadas por una PER se pagaran al 100% del monto original —en lugar del porcentaje menor que correspondería en el régimen general—, creando así una categoría aún más privilegiada dentro del ya privilegiado sistema reparatorio. El gobierno de Lacalle Pou intentó revertir eso mediante la reforma jubilatoria de 2022, con éxito parcial.
"El compromiso fiscal no cierra con la muerte del guerrillero. Se extiende, en algunos casos, por décadas adicionales."
Vale detenerse en una precisión que los defensores de estas pensiones suelen esgrimir como escudo: no todos los beneficiarios son tupamaros. La ley incluye también a militantes del Partido Comunista, del Partido Socialista, del Movimiento Revolucionario Oriental y de otras organizaciones. Eso es técnicamente cierto. Y Alfonso lo señaló con una ironía que el registro histórico no hace sino confirmar: el Partido Comunista uruguayo apoyó el golpe de Estado de 1973 —una realidad documentada que los propios comunistas tardaron décadas en admitir— y sin embargo sus militantes terminaron siendo beneficiarios de las reparaciones concebidas para las víctimas de ese mismo golpe. Es una contorsión de la lógica histórica que solo la política, con su peculiar relación con la coherencia, puede producir.
El argumento de la reparación merece ser tomado en serio, porque es el único que tiene peso conceptual. Nadie discute que la dictadura cometió crímenes, que la tortura fue sistemática, que la privación de libertad fue en muchos casos brutal e injusta. El problema no está en reconocer eso. El problema está en que la ley no distingue con precisión suficiente entre quien fue detenido por ser sindicalista, docente o militante pacífico, y quien fue procesado por haber participado activamente en acciones armadas contra el Estado democrático antes de que existiera dictadura alguna. La ley borra esa línea cronológica con una elegancia técnica que es, en los hechos, exactamente lo que Alfonso llamó: una puñalada a la historia nacional.
Lo que queda, despojado del lenguaje de los derechos humanos con que se lo envuelve, es lo siguiente: Uruguay gasta aproximadamente 50 millones de dólares por año en pensiones especiales a personas que, en una proporción significativa, participaron en acciones violentas contra la democracia, se transformaron luego en partido político, gobernaron el país durante tres lustros, y durante ese tiempo diseñaron, aprobaron, ampliaron y blindaron jurídicamente el sistema de pensiones que los beneficia. Es una operación de consistencia ideológica impecable. También es, para quien lo mire sin las anteojeras del relato, el ejemplo más acabado de lo que ocurre cuando un movimiento político llega al poder con la capacidad de legislar en causa propia.
La discusión sobre si estas pensiones deben mantenerse, modificarse o eliminarse es legítima y no tiene una respuesta simple. Lo que no es legítimo es que esa discusión se haya evitado durante veinte años detrás del argumento de que cuestionarla equivale a negar los crímenes de la dictadura. Son dos cosas distintas. Alfonso lo lleva escribiendo desde hace más de una década, con documentación y sin recelos. La democracia uruguaya, que suele enorgullecerse de su madurez institucional, haría bien en estar a la altura de esa pregunta.